Tribunales
El TJUE avala las comisiones de apertura de las hipotecas siempre que no sean “desproporcionadas”
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado las comisiones de apertura de las hipotecas dictando que son compatibles con el derecho comunitario, siempre que no sean “desproporcionadas” y que el consumidor comprenda sus consecuencias económicas.
El TJUE se pronuncia en sendas sentencias sobre cuestiones prejudiciales planteadas por dos juzgados españoles de Ceuta y de San Sebastián en las qu se consultaba sobre el carácter abusivo de las cláusulas de comisión de apertura y su uso de acuerdo a una sentencia europea sobre este asunto de 2023.
Según la Corte europea, no se puede anticipar el carácter abusivo de una cláusula hipotecaria específica que depende de las circunstancias que se apliquen en cada contrato y de los servicios que conlleve.
El TJUE insiste en que estas comisiones deben estar sometidas al control de los jueces nacionales que deben vigilar que sean siempre comprensibles para los consumidores y que no supongan un coste “desproporcionado”.
Explican las sentencias que la jurisprudencia española no es contraria a las Directivas europeas y que la comisión sometida a examen es transparente aunque no contenga la descripción detallada de los servicios prestados ni del tiempo dedicado a prestarlos, siempre que el consumidor pueda comprender las consecuencias económicas de su aplicación.
Advierten también los jueces que la información sobre esta comisión debe obrar en poder del cliente antes de la firma del contrato y que no debe existir solapamiento entre los gastos o servicios previstos por el contrato.
(SERVIMEDIA)
19 Jun 2025
SGR/gja