Laboral
Trabajo obligará a las empresas a informar sobre los objetivos fijados para superar el período de prueba
- Y a justificar las razones que provoquen que el plazo sea superior a seis meses
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El Ministerio de Trabajo aprobará el próximo martes, en Consejo de Ministros, el real decreto con el que se traspone la Directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles que, entre las novedades previstas, supondrá que los empleados tendrá derecho a conocer qué objetivos se fijan para superar o no el período de prueba en los contratos, según informaron este viernes fuentes del departamento dirigido por Yolanda Díaz.
El texto, que al no tener rango de ley no necesitará someterse a votación parlamentaria, por lo que se podrá publicar directamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incorporará el derecho de los trabajadores a conocer los algoritmos que operan en su compañía y que intervienen en cuestiones como el reparto de tareas, los incentivos o incluso el despido.
También se deberá informar a los empleados sobre las condiciones salariales, la existencia de complementos, dietas, permisos por conciliación, el modo en que se organiza el tiempo de trabajo y las condiciones y el preaviso establecido para que puedan producirse modificaciones de jornada.
Desde Trabajo pusieron el foco en lo relativo a la lucha contra la precariedad, para lo que la empresa debe informar desde el inicio al trabajador sobre la duración del período de prueba, incluidos los casos en los que el convenio colectivo permite que se superen los seis meses establecidos en la ley por situaciones especiales. En todo caso, el empleado podrá conocer qué motiva esa duración mayor y qué objetivos y requisitos son los que debe cumplir para que se dé por superado con éxito el período de prueba.
Por otra parte, el decreto recoge también que los trabajadores deben conocer la existencia de vacantes antes de ser cubiertas por personas nuevas cuando se traten de condiciones salariales mejores, como una jornada completa cuando el empleado solo tiene un contrato a tiempo parcial.
En el caso de trabajadores que desempeñan su puesto en el extranjero, deberán conocer en qué moneda cobrarán, así como las condiciones de repatriación en casos de accidentes, especialmente en casos como la marina.
Otros aspectos sobre los que se ha de informar a los empleados son los planes de igualdad existentes; el procedimiento de extinción del contrato; medidas antidiscriminación para personas Lgtbi; derechos de formación; el sistema de colaboración con la Seguridad Social, y la identidad de la empresa matriz en los casos en que se preste servicio para una empresa de trabajo temporal (ETT).
Si el contrato de trabajo no recoge información que marca la norma, la misma deberá facilitarse al empleado en un documento aparte antes del inicio de la relación laboral. Los trabajadores que ya formen parte de la compañía podrán pedirla a su empresa, que deberá responder en un mes.
Por otro lado, desde Trabajo indicaron que el texto ha sido consultado con los sindicatos y la CEOE, incluidos comentarios positivos por parte de la Comisión Europea.
(SERVIMEDIA)
04 Sep 2026
DMM/clc


