EL TRIBNAL SUPERIOR DE CANARIAS CONSIDERA ACCIDENTE LABORAL EL INFARTO QUE SUFRIO UN POLICIA DE LANZAROTE

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
SERVIMEDIA

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) considera que el infarto de miocardio puede ser considerado en algunas ocasiones como un accidente laboral. Así se pronunció la Sala de lo Contencioso-Administrativo en el caso que enfrentaba a un policía nacional con la Dirección General de la Policía, que debe reconocer ahora la invalidez absoluta del tabajador y pagarle los últimos cinco años de sueldo.

Para el TSJC, el estrés sufrido por el agente Alfonso Villanueva, destinado en Arrecife de Lanzarote, a causa de su trabajo le provocó un infarto. Los hechos sucedieron en abril de 1990, cuando el policía se encontraba de servicio y recibió una llamada de la Delegación del Gobierno en la que se solicitaba de forma urgente unos informes sobre un extranjero.

Tras subir las escaleras a toda prisa, Alfonso Villanueva se sintió indispuesto y fue traladado al Hospital General de la isla, donde se le apreció un infarto de miocardio. La defensa del agente aseguró que ese estrés fue la causa directa del infarto.

Sin embargo, la posición del Estado es contraria, ya que, según los representantes legales de la Dirección General de la Policía, dicha persona se encontraba destinada en una isla pequeña en la que no existe una presión psicológica de tal magnitud que pueda desencadenar un infarto por motivos laborales.

El TSJC basa su decisión en una sntencia del Tribunal Supremo dictada en julio de este año, en la que se reconoce que los accidentes laborales son todos aquellos que se producen durante el trabajo o a causa de éste, incluyendo en dicho aspecto las enfermedades laborales.

(SERVIMEDIA)
07 Dic 1995
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