UGT, CCOO, ABOGADOS Y PROFESORES LABORALISTAS PEDIRAN AL DEFENSOR DEL PUEBLO QUE RECURRA LA REFORMA LABORAL, POR INCONSTITUCIONAL
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
UGT, CCOO un grupo de abogados vinculados a los sindicatos y profesores de Derecho del Trabajo, promotores de la asociación "Ius Laboralista de España", pedirán al Defensor del Pueblo que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma laboral.
Según informó hoy CCOO, los abogados y los profesores de Derecho del Trabajo están confeccionando un dictamen para plantear la inconstitucionalidad de algunos preceptos de las leyes de la reforma laboral que será presentado a los sindicatos cuando esté trminado.
Los sindicatos y los laboralistas han decidido acudir al Defensor del Pueblo, ya que descartan completamente contar con los 50 parlamentarios que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional exige para interponer el citado recurso, dado que únicamente IU y Coalición Canaria rechazaron la reforma laboral y no alcanzan los 50 diputados.
Entre los preceptos que sindicatos y laboralistas consideran inconstitucionales están los que regulan el contrato a tiempo parcial con duración inferior a 1 horas semanales o 48 horas al mes, por entender que la exclusión de la protección por desempleo, incapacidad laboral transitoria, invalidez total y absoluta y jubilación está basado únicamente en el factor duración del tiempo de trabajo.
Para los sindicatos y la asociación "Ius Laboralista de España", ello supone una discriminación "injustificada" de conformidad con la doctrina del Tribunal Constitucional sobre no exclusión de las disposiciones de los convenios colectivos de los trabajadores temporals o con contratos precarios.
Además, según UGT y CCOO y los laboralistas, al ser mayoritariamente mujeres los empleados afectados por este tipo de contratación temporal, la exclusión de las prestaciones de Seguridad Social está incurriendo en una discriminación por razón de sexo, por lo que "constituye una manifestación más de las denominadas discriminaciones indirectas por razón de sexo".
Idéntico reproche hacen los sindicatos y los laboralistas a la regulación del contrato de aprendizaje, que fja dos salarios mínimos distintos basándose exclusivamente en la edad (ser mayor o menor de 18 años), "lo que choca con la doctrina del Constitucional, que declaró injustificado el que por la mera razón de edad se pudiera establecer retribuciones de salarios mínimos diferentes".
Además, consideran que la regulación del contrato de aprendizaje es también inconstitucional al excluir a beneficiarios del régimen general, no integrados en ningún régimen especial de la protección de muchas contingencias preistas en régimen general, como el desempleo, la invalidez provisional y la incapacidad laboral transitoria.
Otro de los puntos cuya inconstitucionalidad está siendo objeto de estudio es el relativo a la regulación de los convenios colectivos, al permitir el descuelgue en la empresa afectada por el convenio. Según los sindicatos y los laboralistas, esta inaplicación del convenio "vulnera el art. 37.1 de la Constitución, puesto que la fuerza vinculante del convenio es lo mismo que la fuerza normativa". Igualmente, están estudiando la inconstitucionalidad de la nueva regulación del despido disciplinario, por entender que al suprimir la consideración de despido nulo y calificarlo como improcedente se priva al trabajador de derecho a la defensa en el procedimiento y se otorga mayores ventajas procesales a la empresa que no da la carta de despido.
(SERVIMEDIA)
07 Jun 1994
NLV