Investidura

Un debate de investidura a finales de agosto evitaría repetir elecciones en plena Navidad

- España podría volver a votar el 24 o 31 de diciembre si hay investidura fallida la primera quincena de septiembre

- La repetición electoral sería tras las navidades si la primera investidura fallida fuera después del 6 de octubre

MADRID
SERVIMEDIA

De acuerdo con la Ley Electoral reformada en 2016 por cuerdo de todos los partidos, sólo una investidura celebrada a contrarreloj en la última semana de agosto evitaría que unas nuevas elecciones se celebraran en plena Navidad, en caso de que ninguna investidura saliera adelante en los próximos dos meses y tuvieran que repetirse los comicios.

Esa reforma electoral de 2016 redujo los plazos y trámites en caso de bloqueo de investidura. La norma acorta el período electoral de 54 a 47 días y limitando a ocho días la campaña, que dura dos semanas en la convocatoria ordinaria y reduciendo a la mitad las subvenciones.

En aquella ocasión la reforma salió adelante precisamente para evitar que las elecciones se tuvieran que celebrar el día 25 de diciembre. Esta vez, si se alargan los plazos para convocar la investidura más allá de los primeros días de septiembre, la cita con las urnas podrías ser el 24 o el 31 de diciembre, días de Nochebuena y Nochevieja, respectivamente, que además coinciden con un puente festivo de tres días.

El nuevo Congreso se constituyó el pasado jueves, 17 de agosto. Es mismo día, la presidenta de la Cámara Baja, Francina Armengol, se lo comunicó al Rey, al que trasladó el listado de las formaciones políticas con representación parlamentaria que ha permitido comenzar la ronda de contactos del jefe del Estado. El primero en pasar por La Zarzuela ha sido el presidente de UPN, Javier Esparza.

El rey Felipe VI celebra entre hoy y mañana una ronda de consultas con los siete partidos que han mostrado su disposición a entrevistarse con él. ERC, Junts, Bildu y BNG no acudirán a la cita porque no reconocen legitimidad al monarca para proponer al candidato a la investidura y, por tanto, su posición no quedará reflejada.

Estas consultas no tienen un plazo de inicio prefijado ni un límite para su conclusión. Por tanto, el Rey podría proponer un candidato a la investidura, mañana mismo, una vez terminada la ronda o darse un nuevo plazo y convocar una segunda ronda en caso de no ver claro cual de los aspirantes podría recabar el respaldo suficiente para ser investido.

En paralelo, transcurre el plazo para la constitución de los Grupos Parlamentarios en el Congreso que terminará el próximo día 25 y supondrá la designación de los correspondientes portavoces. Para refrendar esta constitución se celebrará una Mesa el lunes, día 28 y sólo a partir de ese momento se podrán convocar sesiones plenarias.

Durante los 15 días siguientes a la sesión constitutiva se celebrará la sesión de apertura de la legislatura. Por lo tanto, en caso de que el jefe del Estado designe candidato en los próximos días se podría convocar el Debate de Investidura que no podría celebrarse antes de los últimos días de agosto o en la primera semana de septiembre, fecha que se considera más probable.

Así, en caso de que la investidura se fijara para los últimos días de agosto o los primeros de septiembre, el plazo de dos meses para elegir al nuevo presidente del Gobierno expiraría al inicio del mes de noviembre y los 47 días que deben mediar entre la disolución de las Cortes y la celebración de las elecciones permitiría fijar la cita con las urnas el domingo 17 de diciembre.

En cambio, si la primera votación de investidura se produjera en las tres siguientes semanas del mes de septiembre, las fechas para la celebración de elecciones caería de lleno en las navidades, en Nochebuena, Nochevieja o el día siguiente a Reyes. Sólo si la fecha de investidura se fijara para el mes de octubre, la cita electoral se desplazaría ya al mes de enero de 2024.

MAYORÍAS

Para poder ser investido presidente, el candidato tendría que sumar mayoría absoluta en la primera votación (176 diputados) o bien lograr más votos a favor que en contra en un segundo pleno que se tendría que celebrar 48 horas después.

Alberto Núñez Feijóo tiene asegurados los 136 votos de su partido, los 33 de Vox, el de UPN (1) y probablemente el de Coalición Canaria (1). En total, sumaría 171, insuficiente tanto en primera votación como en la segunda si todos los demás partidos votan en contra. Por su parte, Pedro Sánchez podría contaría con los 122 del PSOE y los 31 de Sumar y con el apoyo de varios grupos minoritarios, que en caso de no alcanzar la mayoría absoluta, le acercarían a la investidura en segunda votación, si logra incorporar al consenso a ERC (7), Junts (7), EH Bildu (6), PNV (5) y BNG (1).

Si hubiera un debate de investidura fallido a principios de septiembre comenzará a contar un plazo de dos meses para nuevos intentos. Si no saliera adelante ningún intento de investidura en los dos meses posteriores, se disolverían las Cortes en los primeros días de noviembre y se celebrarían elecciones a los 47 días, es decir, en el mejor de los casos durante la semana anterior a la celebración de la Navidad o ya en plenas fiestas.

(SERVIMEDIA)
21 Ago 2023
MGN/SGR/pai/clc