El Cermi documenta ante la ONU las carencias en la atención sanitaria a personas con discapacidad en España

- Esterilizaciones e ingresos forzados contra personas con discapacidad siguen siendo formas de violencia vigentes en el país

MADRID
SERVIMEDIA

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha presentado ante el Relator especial de Derechos Humanos de Naciones Unidas un documento que revela las carencias de España en relación a la atención sanitaria a las personas con discapacidad.

El Cermi evidencia la discriminación existente contra las personas con discapacidad en relación a la contratación de seguros de vida y/o salud, poniendo como ejemplo aquellas conductas discriminatorias llevadas a cabo por compañías como ING, que incluyen abiertamente en su página web cláusulas que indican que no se permite la contratación de sus seguros a estas personas.

Por otra parte, denunció que la práctica de esterilizaciones forzadas contra mujeres y niñas con discapacidad es una violencia vigente en España. En este sentido, el Cermi recordó que se trata de una forma de violencia contra las mujeres que viola su derecho a elegir sobre su propia vida, su sexualidad y su maternidad.

Asimismo, reclamó la existencia de cláusulas de salvaguardia legales para aquellas mujeres incapaces de dar consentimiento bien fundado en materia de reproducción y declaró que las mujeres con discapacidad deben tener pleno acceso a los métodos de planificación familiar así como a información sobre el funcionamiento sexual de su cuerpo.

Además, exigió que las disposiciones legales que limitan el derecho de las mujeres con dificultades de aprendizaje a tener relaciones sexuales sean revocadas, a la vez que se debe mantener la protección especial a aquellas mujeres expuestas a los malos tratos.

Por otra parte, manifestó ante la ONU que en España, a las personas con discapacidad no se les garantiza, en la cesión de muestras biológicas, que la información sea comprensible, lo cual dificulta que puedan prestar el consentimiento libre e informado. Indica que en la actualidad las personas con discapacidad cuya capacidad haya sido modificada judicialmente pueden ser sujeto de investigación médica sin su consentimiento, teniendo además denegado el acceso a los resultados de la investigación.

Por otra parte, el Cermi reveló que aunque la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia establece que las personas con discapacidad tendrán el derecho a “decidir libremente sobre el ingreso en centro residencial”, el internamiento forzoso por razones de trastorno mental está contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), lo que puede considerarse otra vulneración de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, suscrita por España hace 11 años.

DERECHO A LA SALUD

Además, el Cermi identificó como uno de los próximos desafíos para garantizar la realización del derecho a la salud de las personas con discapacidad la necesidad de revertir los retrocesos y pérdidas objetivas de derechos producidos con la reforma sanitaria del año 2012, de manera que se establezca un derecho universal a la protección de la salud y a la atención sanitaria garantizado sin exclusiones por el Sistema Nacional de Salud (SNS).

También, consideró necesario el reconocimiento normativo en el seno del SNS de la condición de “persona enferma crónica”, de manera que se regule el estatuto de derechos, prestaciones, beneficios y características de la atención sanitaria y social que ha de recibir, ya que en la actualidad, muchos usuarios de la sanidad pública con enfermedades crónicas carecen de la cobertura adecuada.

Igualmente, reivindicó una renovación y actualización profunda y exhaustiva de la prestación ortoprotésica del SNS, reintegrándola en la cartera común del mismo, de forma que responda a las necesidades presentes de las personas con discapacidad y mayores que la precisan para mejorar su autonomía y su inclusión comunitaria. Así, según el Cermi, esta nueva prestación, exenta de copago, debería incluir todos los productos de apoyo para la autonomía personal que ofrece el desarrollo médico y tecno- lógico, y pueden encontrase en el mercado.

El Comité declaró que la renovada prestación ortoprotésica debe de prever su propio mecanismo de actualización, para que con celeridad incorpore los nuevos productos y tecnologías con impacto positivo contrastado que proporciona la evolución técnica.

Por otra parte, consideró imprescindible la reforma de la Ley General de Sanidad y de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las Personas en situación de Dependencia, para crear legalmente un espacio sociosanitario basado en la centralidad de la persona que precisa de apoyos sociales y sanitarios, que han de ser provistos, a través de itinerarios individualizados, siguiendo metodologías flexibles aplicadas a la gestión del caso.

Finalmente, reivindicó la regulación de la prestación sociosanitaria en el ámbito sanitario, pendiente de desarrollo reglamentario como prestación autónoma del Sistema Nacional de Salud desde del año 2003 y manifestó la necesidad de incluir la atención bucodental a todas las personas con discapacidad menores de 18 años dentro de las prestaciones del SNS, así como de garantizar la plena accesibilidad del sistema sanitario español, en servicios, instalaciones y procesos.

(SERVIMEDIA)
12 Mar 2018
SRH/gja