La Fiscalía pide el archivo de la querella de VOX contra la jueza belga que citó a Llarena

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha informado en contra de la querella presentada por VOX contar la jueza belga que citó al juez instructor de la causa del `procés´ del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, tras las denuncias de parcialidad presentadas por el expresidente catalán Carles Puigdemont y varios de sus consejeros, y solicita su archivo.

El ministerio público se pronuncia también sobre la ampliación de la querella contra Puigdemont, los exconsejeros y su abogado por falsedad en la traducción de documentos presentados ante al justicia belga y entiende que “no cabe admitir a trámite ninguna de las querellas presentadas con sus ampliaciones y procede el archivo del procedimiento”.

El partido VOX presentó el 28 agosto 2018 una querella contra el “magistrado del tribunal de primera instancia de Bruselas responsable de la admisión de la demanda civil interpuesta contra el magistrado del Tribunal Supremo, Don Pablo Llarena Conde”, Instructor de la causa especial seguida en su Tribunal contra el proceso soberanista de Cataluña.

La querella le imputa delitos de rebelión o sedición así como delitos contra la paz y la independencia de España, y argumenta que la citación de Llarena ante la Primera Sala del Juzgado de Primera Instancia Francófono de Bruselas constituye “una injerencia grosera, jurídicamente inadmisible y temeraria en la soberanía española y supone una cooperación como cómplice por el querellado con los delitos de rebelión o, en su caso, sedición entendiendo que dicho acto ataca directamente la independencia judicial de los tribunales españoles y que colabora con la conducta golpista de los procesados en la citada causa especial”.

Posteriormente, el 7 de septiembre, se amplió esta querella al abogado Gonzalo Boye, y los antiguos miembros del gobierno catalán fugados Meritxell Serret, Anoni Comín, Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Lluis Puig, por delitos de falsedad documental y estafa procesal para la comisión de los delitos de rebelión o sedición.

Los hechos en que justifican la ampliación es la presentación de una traducción jurada que el querellado entiende como falseada a sabiendas como prueba documental justificativa de la demanda civil planteada contra Llarena. Además, VÖX considera a la jueza belga Anne Dessy responsable de usurpación de funciones y prevaricación.

De igual modo, el 5 de septiembre de 2018 la Asociación Movimiento 24 Dos interpone también una querella contra esas mismas personas y contra la traductora Delia Saavedra Bosque a la que imputa delitos de prevaricación, usurpación de funciones, falso testimonio y delito de falsedad.

FINALIDAD POLÍTICA

La asociación entiende que los fimantes de la demanda contra Llarena la interpusieron “con finalidad política y con el fin de quebrantar la jurisdicción española amedrentando al demandado” e intentando “perjudicar la tramitación de la causa especial” sobre el `procés´.

La Fiscalía entiende que no se puede atribuir a los querellados el delito de rebelión porque no concurren las condiciones de alzamiento público y violento. Tampoco es aplicable el delito de sedición por no concurrir la acción típica del alzamiento público y tumultuario en el ejercicio de una acción judicial “por desafortunada o malintencionada que sea”.

Por tanto, “aunque los delitos pudieran perseguirse en la Audiencia Nacional, pese a su comisión en el extranjero tanto contra los nacionales querellados como contra la magistrada belga, los hechos no son en absoluto constitutivos de tales delitos”. También descarta el delito contra la paz y la independencia de España que se atribuye a la jueza belga.

“La imputación se presenta ciertamente inverosímil”, asegura la Fiscalia. “No se compadece la admisión a trámite de la demanda o la citación al menos del demandado con la acción típica de la 'publicación' o 'ejecución' en España de órdenes, disposiciones o documentos de un gobierno extranjero, ni aún en el hipotético caso de que se pudiera entender que con dicha acción se atenta contra la independencia o seguridad del Estado”.

En cuanto a la imputación de delitos de falsedad documental tampoco estaría justificada al tratarse de una traducción que no está referenciada a documentos públicos, oficiales o mercantiles. Además, recuerda, la traducción fue rectificada, lo cual “denota más error que intención” y no ha tenido efecto procesal alguno.

“Resultaría ciertamente increíble”, dice la fiscalía de la Audiencia, “la actuación dolosa de una demanda dotada de publicidad internacional por los propios demandantes, sobre la base de unas declaraciones públicas del demandado y pensar que la intención de los querellados fuese presentar una traducción falsa que confundiese al Tribunal belga”.

(SERVIMEDIA)
04 Oct 2018
SGR/gja