Turismo
La CNMC ve restricciones a la competencia en la normativa de Aragón sobre casas rurales

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha pedido al Gobierno de Aragón que introduzca correcciones en el borrador de reglamento regulador de casas rurales, ya que considera que el proyecto de real decreto que le ha remitido para consulta puede suponer "una restricción de la oferta y una limitación injustificada de la competencia".
En el redactado, el Gobierno que preside el socialista Javier Lambán introduce nuevos requisitos obligatorios para que las casas rurales gocen de una clasificación determinada.
Estas exigencias, a juicio del regulador, "incrementan los costes de acceso al mercado y ejercicio de la actividad y pueden convertirse en barreras de acceso al mercado y distorsionar la competencia".
"El proyecto de norma es más intervencionista que el vigente e impone requisitos estrictos para obtener una clasificación como casa rural que no están justificadas bajo razones de interés público", señala el informe de la CNMC.
La CNMC reclama también más "claridad" en los artículos del texto, ya que "no queda definido si los prestadores son exclusivamente empresas o también pueden serlo particulares".
Tamben objeta que la exigencia de que la casa rural debe ser de “arquitectura tradicional” y estar ubicada en núcleos o asentamientos de menos de 2.000 habitantes "no se justifica adecuadamente en función de la organización territorial y social de Aragón. Además, limita que distintos operadores puedan obtener la calificación de casa rural, lo que podría entrañar efectos discriminatorios".
En cuanto a los precios y reservas, la CNMC observa que remisión a la normativa de desarrollo correspondiente, que ampara la posibilidad de recoger en guías oficiales o catálogos los precios, a título orientativo, de los alojamientos, podría propiciar la concertación de operadores. Por eso, recomienda su supresión.
La CNMC se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre asuntos relacionados con el sector, aunque mayoritariamente sobre viviendas de uso turístico, y ha insistido en que la regulación de esta actividad debe respetar la libertad en la actividad económica del artículo 38 de la Constitución Española.
Además, recuerda que cuando las administraciones públicas elaboran normas que afectan a la actividad económica, deberán elegir la medida menos restrictiva y motivar su necesidad protección del interés público perseguido y justificar su adecuación para lograr los fines que se persiguen
(SERVIMEDIA)
12 Nov 2018
JRN/caa