Juicio Procés

El Supremo confía en poder concluir el juicio del `procés´ antes de las elecciones generales

- El tribunal estudia habilitar viernes y sábados y ser estricto con los tiempos de declaración de los testigos

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo no suspenderá el juicio del `procés´ durante la campaña electoral para los comicios generales del 28 de abril, es más, la sala confía en poder concluir la vista oral antes de la cita con las urnas y en tener sentencia a principio de verano. Para lograrlo, no se descarta habilitar los viernes y los sábados para fijar nuevas sesiones, así como establecer un estricto control de los tiempos en el interrogatorio a los testigos.

Los magistrados consideran que una suspensión del juicio ya comenzado podría violentar el derecho de los nueve acusados que se encuentran en prisión preventiva a no sufrir dilaciones que les mantengan recluidos por más tiempo del imprescindible y se podría ver mermado su derecho de defensa.

La suspensión hasta después de los comicios no se contempla en ningún caso porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que si se produce un parón de más de 30 días, el juicio quedaría anulado y debería repetirse desde el principio.

Para lograr concluir el juicio en tiempo récord, los siete magistrados que componen el tribunal planean ser muy estrictos con los tiempos de declaración de los testigos, que suman más de 500, de los que la mayor parte son policías y guardias civiles que intervinieron en los altercados del 20 de septiembre de 2017 frente a la Consellería de Economía y en la jornada del referéndum del 1-O.

El Supremo pedirá a los testigos que se ciñan a los hechos que son objeto de enjuiciamiento y evitará las valoraciones políticas. En el caso de los testigos pertenecientes a las Fuerzas de Seguridad, esta petición será especialmente eficaz porque sólo se les preguntará de manera concisa sobre los acontecimientos que vivieron en primera persona. El tribunal calcula que se podría llegar a citar a medio centenar por día.

El tribunal presidido por Manuel Marchena dio inicio al juicio el pasado 12 de febrero, antes de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciara la convocatoria de las elecciones generales. No hay ninguna disposición legal que establezca salvaguarda alguna en caso de disolución de las Cámaras y convocatoria de elecciones, por lo que todos los procedimientos judiciales pueden seguir su curso.

En este caso, las fuentes jurídicas consultadas insisten en que la celebración de los comicios generales o la campaña previa no son motivo para suspender un juicio. Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las causas de suspensión de una vista oral son la enfermedad que afecte tanto a alguno de los acusados como a los representantes legales de las partes, la ausencia de algún testigo esencial para esclarecer los hechos o la práctica de nuevas diligencias. Nada dice de una posible suspensión en caso de convocatoria electoral.

El mayor problema en la continuidad de la causa puede venir de la presencia de Vox como acusación popular en este juicio. Los dos abogados que representan a la formación, Francisco Javier Ortega Smith-Molina y Pedro Fernández, pertenecen a la cúpula del partido, que concurrirá a las elecciones.

Marchena ya ha advertido a todas las partes de que deben abstenerse de hacer alegatos políticos y sujetarse únicamente al objeto de la causa. También insistió al inicio de la vista oral en que no permitiría estrategias dilatorias que prolonguen el juicio más de lo necesario.

Aunque el tribunal juzgador tiene la potestad de acordar la suspensión temporal de la vista, en este caso en el que los que se sientan en el banquillo son todos personajes con trascendencia política considera que tanto la continuidad del juicio como la suspensión podría tener efectos en la campaña.

(SERVIMEDIA)
17 Feb 2019
SGR/caa