Los partidos temen el necesario acuerdo para la Mesa del Congreso cinco días antes del 26-M

MADRID
SERVIMEDIA

Los partidos que se presentan a las elecciones generales con posibilidades y esperanzas de ser fuerzas decisivas en la próxima legislatura afrontan con cierto temor el imprescindible acuerdo que tienen que cerrar el 21 de mayo para la Mesa del Congreso de los Diputados, en caso de que las posibles mayorías no sean claras y cinco días antes de los comicios europeos, autonómicos y municipales, cuyo resultado puede condicionar los pactos que hayan quedado pendientes desde el 28 de abril para la formación de Gobierno.

Sea cual sea el resultado de las elecciones generales del 28 de abril, tanto si hay una suma clara que facilite una mayoría para la investidura de un candidato a la Presidencia del Gobierno, como si no es así y todo queda pendiente de lo que ocurra el 26 de mayo para perfilar esos acuerdos, el día 21 de mayo hay que constituir el Congreso de los Diputados.

Tiene que ser así en aplicación de la Constitución, que establece en su artículo 68.6 que el Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones. La fecha de esa constitución de la Cámara debe estar fijada en el decreto de convocatoria de las elecciones generales, y fue fijada el 21 de mayo.

CONSTITUCIÓN MESA

La secuencia que el Reglamento del Congreso preve para esa sesión constitutiva implica que ese mismo día tiene que ser elegida la Mesa, sin que haya opción de mantener la provisional mesa de edad o de dejar el Congreso constituido pero sin Mesa.

Así, el Título Preliminar de ese Reglamento, que trata precisamente de la sesión constitutiva del Congreso, establece que la sesión será presidida inicialmente por el diputado electo de mayor edad de los presentes, asistido, en calidad de secretarios, por los dos más jóvenes. Ese presidente declara abierta la sesión y los secretarios dan lectura entonces al real decreto de convocatoria, a la relación de diputados electos y, en su caso, a los recursos contencioso electorales interpuestos, con indicación de los diputados electos que pudieran quedar afectados por la resolución de los mismos.

Seguidamente, dice ese precepto, se procede a la elección de la Mesa del Congreso, según lo previsto en el propio Reglamento y una vez concluidas las votaciones los elegidos ocupan sus puesto y es el presidente electo el que presta y solicita de los demás diputados el juramento o promesa de acatar la Constitución. Solo entonces el presidente declara constituido el Congreso, levantando a continuación la sesión.

La constitución del Congreso es comunicada al Rey, al Senado y al Gobierno, y dentro dentro del plazo de los quince días siguientes se convoca la solemne sesión de apertura de la legislatura.

VOTACIÓN

La previsión de los partidos, con el calendario en la mano, es que la ronda de consultas del Rey con los partidos que han obtenido representación parlamentaria para proponer a un candidato a la investidura como presidente del Gobierno sean después de las elecciones del 26 de mayo. Sin embargo, cinco días antes de esos comicios tendrán que haber tejido una mayoría para la elección de la Mesa del Congreso.

Para elegir al presidente de la Mesa, cada diputado debe escribir un único nombre en una papeleta, la votación es secreta en urna por llamamiento, y resulta elegido el que obtenga el voto de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara. Si nadie obtiene esa mayoría en una primera votación, se repite la elección entre los que hayan alcanzado las dos mayores votaciones, siendo elegido el que obtiene más votos.

Para elegir a los cuatro vicepresidentes, cada diputado escribe solo un nombre en la papeleta y resultan elegidos, por orden sucesivo, los que obtengan mayor número de votos. De la misma forma son elegidos los cuatro secretarios. Si en alguna votación hay empate, se celebran sucesivas votaciones entre los candidatos igualados en votos hasta que el empate queda dirimido.

ESCENARIOS

Por tanto, podría darse el caso de que, a falta de acuerdo, los puestos de la Mesa fueran ocupados por los partidos con mayor representación en la Cámara. Sin embargo, sin acuerdo es prácticamente imposible que la Mesa represente la realidad de la Cámara al no incluir a los partidos con una representación menor a los cuatro principales. Además, la Mesa resultante podría no corresponderse con la mayoría que se fraguara después, y en ese caso sería complicado cambiarla, ya que sus miembros tendrían que dimitir para permitir la elección de otros candidatos.

Con ese escenario, los partidos temen que el Congreso pueda comenzar la legislatura con una Mesa que no se corresponda con la mayoría de gobierno que se fragüe posteriormente y que eso pueda dificultar la labor parlamentaria y añadir inestabilidad a un panorama que, reconocen, con muchas probabilidades será de por sí complicado.

Además, el elegido presidente de las Cortes es el que formalmente debe comunicar al Rey que puede iniciar la ronda de contactos con los grupos políticos para testar quién puede optar a la investidura. La falta de un presidente condiciona los tiempos para la Jefatura del Estado en este trámite, previo para la formación de un Gobierno y para que siga en marcha el reloj de la democracia.

(SERVIMEDIA)
24 Mar 2019
CLC/MML/gja