Discapacidad sobrevenida

La ONU insta al Ayuntamiento de Barcelona a cesar en la discriminación contra los guardias urbanos con discapacidad sobrevenida

MADRID
SERVIMEDIA

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas ha instado al Ayuntamiento de Barcelona a cesar en la discriminación contra los guardias urbanos con discapacidad sobrevenida y a adoptar las medidas necesarias para garantizar que los agentes que adquieran una discapacidad puedan pasar a desarrollar una segunda actividad, sin verse obligados a abandonar su actividad laboral.

La ONU ha realizado este pronunciamiento en un dictamen publicado en respuesta a la denuncia de Vicenç Flores Calero, un exmiembro de la Guardia Urbana de Barcelona que tras adquirir una discapacidad de manera sobrevenida fue obligado a dejar el cuerpo por negársele la posibilidad de pasar a una segunda actividad.

El dictamen pide “adoptar medidas apropiadas para garantizar que el autor pueda ser sometido a una evaluación funcional alternativa, considerando las capacidades que podría tener en una segunda actividad u otras funciones complementarias, incluyendo los eventuales ajustes razonables que puedan requerirse”.

De igual modo, recoge que España “tiene la obligación de adoptar medidas para evitar que se produzcan vulneraciones similares en el futuro”. Entre las acciones que se deben implementar para este fin, la ONU subraya la armonización de todas las normativas locales y regionales que regulan el pase a segunda actividad de quienes se desempeñan como funcionarios en las administraciones públicas.

PLAZO DE SEIS MESES

Para comprobar que el Estado avanza en línea con las recomendaciones planteadas por Naciones Unidas, dicho organismo ofrece a España un plazo de seis meses para que informe por escrito sobre las medidas que haya adoptado para cumplir el dictamen.

Además, señala que el Estado español tiene la obligación de proporcionar a Vicenç Flores una compensación por los gastos judiciales en que haya incurrido al realizar la denuncia ante la ONU para poder trasladar su caso.

Precisamente, el pasado año el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó al Ayuntamiento de Barcelona por negar el pase a segunda actividad de Flores Calero.

En concreto, la sentencia recogía “el derecho del afectado a percibir las retribuciones salariales que haya dejado de recibir por todos los conceptos que venía percibiendo desde su expulsión en el año 2015, así como a que se abonen las cotizaciones a la Seguridad Social, con los intereses legales que correspondan desde la fecha en que fue jubilado”.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) saluda el pronunciamiento de la ONU, “con el que censura de manera rotunda la vulneración flagrante de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad al negarse el derecho al trabajo de personas con discapacidad adquirida”.

(SERVIMEDIA)
11 Abr 2019
DMM/caa