El Gobierno modifica el Reglamento de la nueva Ley de Marcas para adaptarlo a la directiva europea
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley de Marcas, que se modificó a finales del año pasado para adaptarla a una directiva europea.
Según informó el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, las modificaciones aprobadas hoy se refieren a aspectos procedimentales, como “la definición de los nuevos tipos de marcas surgidos por la supresión del requisito de la representación gráfica del signo, efectuado por la reforma de la citada Ley”.
Así, “para adaptarse a las nuevas tecnologías, la marca podrá representarse por cualquier medio (por ejemplo, archivos de audio y vídeo) siempre que el objeto de la protección que se otorgue al titular se pueda determinar con claridad y precisión, permitiendo expresamente el registro de marcas de movimiento, multimedia, holograma o sonoras, entre otras”.
Por otro lado, el nuevo Reglamento establece “los requisitos que han de cumplirse por el solicitante al enumerar los productos y servicios para los que se vaya a aplicar su marca”.
“Se regulan también pormenorizadamente en el procedimiento de oposición, los plazos y trámites que han de cumplirse para llevar a cabo la prueba de uso de la marca oponente si así fuera pedido por el solicitante”, añadió el ministerio dirigido por Reyes Maroto.
El Reglamento también aborda en un nuevo título IX la regulación de los procedimientos administrativos de nulidad y caducidad de marcas, cuya competencia directa fue atribuida a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) por la reciente reforma de la Ley de Marcas
Por último, el ministerio destacó que “las empresas titulares de marcas en España aportan el 41% del empleo, 45% de las exportaciones, 40% del PIB y 55% de la inversión en I+D+i”.
(SERVIMEDIA)
26 Abr 2019
IPS/gja