Barclays limita a 3.600 millones el impacto para la gran banca de un fallo desfavorable en el IRPH hipotecario

MADRID
SERVIMEDIA

Barclays limita a 3.600 millones de euros el impacto potencial para la gran banca -Santander, BBVA, Caixabank, Sabadell, Bankia y Bankinter- de un fallo desfavorable en Europa sobre las hipotecas vinculadas al índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH).

Su cálculo se aproxima a los 3.420 millones estimados por Credit Suisse y resulta inferior al rango de 5.000-7.000 millones que ahora baraja el consenso del mercado, tras las desorbitadas primeras estimaciones de la banca de inversión cuando se desconocía la exposición real a dichas hipotecas.

En los primeros informes Morgan Stanley estimó una horquilla de entre 3.000 y 7.000 millones y Goldman Sachs amplió el impacto a un rango entre 7.000 y 44.000 millones de euros para el conjunto de las entidades financieras.

Los cálculos de Barclays los efectúa considerando que la gran banca tiene 16.200 millones de sus 341.970 millones en hipotecas vinculados al IRPH, y bajo la hipótesis de que el Tribunal de Luxemburgo les obligue a devolver el diferencial cobrado de más por aplicar dicho indicador en lugar del euríbor y con una retroactividad de 15 años. El IRPH se mueve en la actualidad en el 2,03%, frente al -0,14% del euríbor.

Conforme a sus estimaciones, el mayor impacto lo sufriría Caixabank, con un coste de 1.503 millones de euros netos (2.147 millones antes de impuestos), seguido por Santander, con 897 millones (1.282 millones brutos), y BBVA, con 695 millones netos (993 millones brutos).

Barclays limita el impacto neto en Bankia a 359 millones (serían 513 antes de impuestos) y a 179 millones en el caso del Sabadell (256 millones brutos), y no espera efecto negativo alguno en Bankinter.

En sintonía con sus estimaciones los expertos del banco británico defienden que la banca está penalizada en exceso en Bolsa por un mercado que espera un mayor efecto si la Corte de Luxemburgo fallase en su contra, algo que Barclays descarta.

En su estudio defiende que el tribunal emitirá un fallo positivo, ya que el IRPH es un indicador oficial, calculado por el Banco de España, y que el Tribunal Supremo ya ha respaldado en una resolución de finales de 2017 aunque la Comisión Europea elevó la polémica a Luxemburgo ante las dudas sobre su transparencia en la comercialización.

El informe detalla que el IRPH se potenció en las hipotecas hacia el año 2009 porque es un indicador “más estable” y que tarda en trasladar los cambios en el precio del dinero, de forma que sus clientes lograron mayores ahorros hasta el año 2012 porque recogía más tarde que el euríbor la subida de tipos. Sin embargo, a partir de ahí ocurrió lo contrario y mientras el euríbor se abarataba el IRPH se mantenía más alto, lo que pronto se tradujo en demandas en los tribunales.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se encuentra ahora revisando el indicador y la lectura de las conclusiones por parte del abogado general respecto a la potencial abusividad del IRPH tendrá lugar el próximo día 10 de septiembre.

(SERVIMEDIA)
06 Jun 2019
ECR/caa