Turismo

El Tribunal de la UE rechaza que los Estados puedan cobrar solo a los turistas por el uso de las carreteras

- Aunque sea de forma indirecta ofreciendo desgravaciones a sus nacionales

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha emitido una sentencia que da la razón a Austria en relación con la tasa por el uso de las carreteras que quiere aplicar Alemania, ya que, al estar combinada con una desgravación equivalente para los residentes en ese país, resulta discriminatoria porque en la práctica su carga económica recae únicamente en los propietarios y los conductores de vehículos matriculados en Estados miembros distintos.

Según explica el TJUE, Alemania ha ido estableciendo desde 2015 el marco jurídico para la introducción de una tasa por uso, por parte de los turismos, de las carreteras federales, incluidas las autopistas.

Mediante esta tasa, Alemania pretende pasar en parte de un sistema de financiación mediante impuestos a un sistema de financiación basado en los principios de que “el usuario paga” y de que “quien contamina, paga”.

Los ingresos procedentes de esta tasa se destinarán íntegramente a financiar las infraestructuras viarias y su importe se calculará en función de la cilindrada, del medio de accionamiento del motor y de la clase de emisión del vehículo.

Todo propietario de un vehículo matriculado en Alemania deberá abonar la tasa, en forma de viñeta anual, por un importe máximo de 130 euros. En cuanto a los vehículos matriculados en el extranjero, la tasa sólo deberá ser abonada (por el propietario o el conductor) en caso de que se utilicen las autopistas.

A este respecto hay disponibles viñetas de 10 días (entre 2,50 y 25 euros), de dos meses (entre 7 y 50 euros) o de un año (130 euros como máximo).

Paralelamente, Alemania ha dispuesto que, desde que empiece a recaudarse la tasa por uso de las infraestructuras, los propietarios de los vehículos matriculados en Alemania disfrutarán de una desgravación en el impuesto de circulación sobre vehículos a motor por un importe equivalente, como mínimo, al de la tasa que hayan debido abonar.

Austria considera que el efecto combinado de la tasa por uso de las infraestructuras y de la desgravación en el impuesto de circulación sobre vehículos a motor en el caso de los vehículos matriculados en Alemania y la configuración y las condiciones de aplicación de la tasa por uso de las infraestructuras son contrarios al Derecho de la Unión, en particular a la prohibición de discriminación por razón de la nacionalidad.

Después de haber solicitado un dictamen a la Comisión, que no fue emitido dentro del plazo establecido, Austria interpuso un recurso por incumplimiento contra Alemania ante el Tribunal de Justicia. En este procedimiento, los Países Bajos intervienen en apoyo de Austria, mientras que Alemania cuenta con el apoyo de Dinamarca.

(SERVIMEDIA)
18 Jun 2019
JBM/caa