Sentencia del procés

El Supremo considera despejada “cualquier duda” sobre el control de Junqueras del proceso de convocatoria y celebración del 1-O

- Afirma que siguió adelante con la convocatoria del 1-O, pese a la "alta probabilidad de enfrentamientos con las fuerzas policiales"

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo considera que la “pertinaz desatención” de todas las resoluciones que le notificaron al exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras “despeja cualquier duda acerca de su control del proceso de creación legislativa y reglamentaria" que hizo posible la celebración del referéndum del 1-O declarado ilegal.

El Tribunal Supremo ha condenado este lunes a Junqueras por un delito de sedición en concurso medial con malversación a 13 años de prisión y la misma pena de inhabilitación absoluta, tras considerar probado su “destacado papel” en el proceso que condujo a la inobservancia de las leyes y al “contumaz desprecio" a las resoluciones del TC y el TSJ de Cataluña.

Para la Sala, esto se deduce no solo de su cargo como vicepresidente de la Generalitat sino de su liderazgo reconocido en los testimonios de algunos de los procesados y testigos, como fruto de su doble condición de vicepresidente del Govern y presidente del partido Esquerra Republicana de Cataluña (ERC).

Además, los magistrados consideran acreditado su “dominio” de los hechos que desembocaron en las protestas multitudinarias del 20-S frente a la Consejería de Economía y el 1-O. Estos actos, subraya la sentencia, impidieron, respectivamente, el cumplimiento de las resoluciones judiciales dictadas por el titular del Juzgado de instrucción número 13 de Barcelona y la celebración del referéndum ilegal, suspendido por el TC y prohibido por el TSJ de Cataluña.

Asimismo, recuerda que “promovió y participó activamente” en la aprobación de las conocidas como leyes de desconexión. En este sentido, apunta que las providencias de suspensión le fueron notificadas personalmente y que pese a la “constancia fehaciente” de esos requerimientos Junqueras y el resto de integrantes del Govern firmaron el decreto de convocatoria del referéndum.

El tribunal afirma que está acreditado por la testifical del mayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero y de los comisarios Ferrán, Molinero, Quevedo y Castellvi, que Junqueras, en su condición de vicepresidente del Govern, estuvo presente en la reunión que tuvo lugar el día 28 de septiembre de 2017.

En aquella reunión se informó a los miembros del Ejecutivo del "importante riesgo" para la seguridad que podía derivarse de la constatada presencia de colectivos radicales y de la movilización de una cifra de personas próxima a los dos millones.

"VOLUNTAD SEDICENTE"

La alta probabilidad de enfrentamientos con las fuerzas policiales encargadas de cumplir el mandato judicial hacía aconsejable, a juicio de los mandos policiales, la suspensión de la votación prevista para el día 1-O. Pese a ello, afirma la sala, la decisión de los miembros del Govern presentes en esa reunión fue la de seguir adelante con el referéndum. Al finalizar la reunión, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, manifestó a todos los presentes que "si el día 1 de octubre se desataba la violencia declararía la independencia".

Para los magistrado, "la voluntad sedicente" de Junqueras y la representación de esos graves incidentes "se infiere con facilidad", no ya de los términos en que se desarrolló esa reunión, sino del hecho objetivo de que el día anterior el Tribunal Superior de Justicia había dictado un auto, cuya existencia fue puesta de manifiesto en el encuentro entre responsables políticos y mandos policiales, en el que se acordó prohibir la realización del referéndum y ordenar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Mossos d`Esquadra, Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Policía Local, que incautaran el material, cerraran los colegios e impidieran la votación.

(SERVIMEDIA)
14 Oct 2019
ICG/SGR/gja