Profesores universitarios defienden que “no hay ninguna duda” de que la Mezquita de Córdoba es propiedad de la Iglesia

- Lo argumentan en la obra colectiva ‘Estudio histórico y jurídico sobre la titularidad de la Mezquita-Catedral de Córdoba’, editada por Dykinson

MADRID
SERVIMEDIA

Varios profesores y catedráticos de Historia y Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) analizan en una obra colectiva en la que analiza el régimen jurídico de la Mezquita Catedral de Córdoba. Entre las conclusiones es que “no hay ninguna duda” de que el templo es propiedad de la Iglesia católica.

La investigación, dirigida por el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, Jorge Fernández Miranda, y coordinada por el presidente de Foro Europa Ciudadana y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense, José Carlos Cano, lleva por título ‘Estudio histórico y jurídico sobre la titularidad de la Mezquita-Catedral de Córdoba’ y analiza desde una vertiente jurídica por qué la Mezquita de Córdoba es propiedad de la Iglesia.

“Con esta obra queremos dar respuesta, histórica, histórico-jurídica y jurídica a la confusión generada en torno a la propiedad de la Mezquita de Córdoba y salir al paso de las constantes distorsiones en torno a la titularidad del monumento”, afirmó este viernes Jorge Fernández Miranda durante la presentación en Madrid.

“Se trata de un análisis respetuoso con la historia y el derecho que se adentra en un estudio amplio y completo sobre la titularidad eclesiástica de la Mezquita Catedral de Córdoba”, ha recalcado el profesor José Carlos Cano. “No hay ninguna duda de que este es un templo propiedad de la iglesia, pero en esta época de ‘fake news’ en la que todo vale hay quien lo cuestiona basándose en argumentos falsos”, agregó.

Sobre la inmatriculación, el profesor Cano asegura que “se han arrojado numerosas falsedades, ya que la inscripción en el Registro de la propiedad, mediante la inmatriculación no tiene carácter constitutivo sino declarativo, es decir, otorga publicidad sobre la propiedad, pero no otorga la propiedad. Por tanto, lo único que realizó la Iglesia al inmatricular el templo es dar publicidad a través del registro a un bien, en este caso la Mezquita Catedral, que ya poseía. Hasta la fecha no se permitía que la Iglesia inscribiera aquellos templos que eran suyos cuando sí se permitía con los templos de otras confesiones”.

Los contenidos de los distintos capítulos de la obra han sido elaborados por expertos en distintas áreas del derecho. En concreto, han participado en esta obra colectiva los profesores de la Universidad Complutense de Madrid Faustino Martínez Martínez (Historia del Derecho); José María Coello de Portugal (Derecho Constitucional); José Carlos Cano (Derecho Constitucional); Jorge Fernández Miranda (Derecho Administrativo); Astrid Muñoz (Derecho Administrativo) y José Antonio Perea Unceta (Derecho Internacional Público). También ha participado la catedrática de Derecho Canónico y de Derecho Eclesiástico de la UCM María José Roca.

(SERVIMEDIA)
07 Feb 2020
AHP/gja