Cáncer infantil

La Seguridad Social concedió 3.782 prestaciones para cuidado de hijos con cáncer en 2019, un 18,5% más

MADRID
SERVIMEDIA

La Seguridad Social reconoció en 2019 la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave a un total de 3.782 padres y madres trabajadores. La cifra supone un aumento interanual del 18,5%, según informó este viernes el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, víspera del Día Mundial contra el Cáncer Infantil.

El número de procesos vigentes a 31 de diciembre de 2019 alcanzó los 6.878, frente a los 5.693 concedidos en 2018 y la duración media de los procesos que finalizaron en este último año fue de 406,64 días.

El año pasado, la Seguridad Social amplió el catálogo de dolencias graves que pueden dar lugar al reconocimiento de la prestación e incluyó tres nuevas patologías pediátricas. Además, estableció la posibilidad de dar cobertura a otras patologías graves que, por indicación expresa del facultativo, precisen de cuidados permanentes en régimen de ingreso hospitalario u hospitalización a domicilio. Se completó así la normativa aprobada en 2011 -Real Decreto 1148/2011- por la que se creó la prestación.

La prestación para cuidado de hijos con cáncer o enfermedad grave, en vigor desde hace nueve años, supone una prestación económica que permite a los progenitores biológicos, adoptantes o acogedores reducir su jornada de trabajo en, al menos, el 50% para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer u otra enfermedad grave. La condición es que ambos progenitores trabajen, aunque sólo se reconoce a uno de ellos.

En los nueve años de vigencia, la Seguridad Social ha reconocido -en su mayoría, a través de las mutuas- 17.597 prestaciones. Los requisitos para percibir la prestación económica son estar afiliado y en alta en algún régimen de la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido, que, para mayores de 26 años, es de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores.

La prestación se extingue cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando cumpla 18 años.

(SERVIMEDIA)
14 Feb 2020
MAN/mjg