Sector financiero

La EBA pide a la banca subir a 50 euros el límite para los pagos con tarjetas sin contacto y facilitar así las compras de clientes en tiendas

- Aboga por librar a las entidades de las huchas de provisiones asociadas a las moratorias de deuda, pero exige diligencia en la medición de los riesgos

MADRID
SERVIMEDIA

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) reclamó este miércoles a la banca elevar a 50 euros el límite de los pagos que pueden efectuar con tarjetas sin contacto a fin de facilitar las compras de los clientes en tiendas en la situación actual y frente a la crisis del Covid-19.

El organismo que lidera José Manuel Campa recomienda el uso del ‘dinero de plástico que permite abonar las compras sin tener que introducir PIN alguno en el terminal, alentando a consumidores y comerciantes a tomar medidas sanitarias oportunas.

La idea de subir a 50 euros el límite, frente a los 20-30 euros en los que está topado el uso de las tarjetas ‘contacless’ en la actualidad, ayudaría a realizar compras de cuantías superiores sin tener que manipular los terminales.

Su consejo lo incluye en una instrucción emitida este miércoles donde avanza que evitará las solicitudes no esenciales a corto plazo a las entidades para que se centren en las operaciones claves, a la vez que ha ampliado los plazos de remisión de determinada información y pospone las audiencias programas o las ejecutará por teleconferencia.

La EBA apoyó además la decisión del BCE de exonerar a la banca de acopiar provisiones por las cuotas que dejen de cobrar en créditos donde se acuerden aplazamientos o moratorias para ayudar a los clientes frente a la crisis del Covid-19, pero exige máxima diligencia en su medición.

En concreto pidió a los supervisores “flexibilidad y pragmatismo” en la aplicación del marco prudencial, detallando de manera expresa que, en caso de moratorias de la deuda, no provocará una “clasificación automática” como crédito impagado o dudoso.

Asimismo, confía en que las entidades contabilicen con “cierto grado de juicio” las exposiciones cuando apliquen la norma internacional IFRS9 y distingan entre aquellos prestatarios cuya solvencia crediticia no se vería significativamente afectada por la situación actual a largo plazo y aquellos otros que sí sufrían impactos en su solvencia.

En la práctica dichas instrucciones significan que no se exigirá la hucha requerida por ley en operaciones donde no se cobra la cuota ante el riesgo de que acabe siendo fallida. Pero al tiempo insistió en “la importancia de una medición adecuada del riesgo” y conminó a las entidades a priorizar, cuando sea posible, las evaluaciones individuales de la probabilidad de pago de los deudores.

Para el organismo es crucial que la clasificación de las exposiciones “refleje de manera precisa y oportuna cualquier deterioro de la calidad de los activos” y ayudar a la vez a los clientes ante la desafiante situación actual.

Con esta determinación, la EBA apoya las medidas tomadas y propuestas por los gobiernos nacionales y los organismos de la UE de moratorias en el pago de las deudas para abordar el impacto económico sistémico adverso del coronavirus en forma de moratoria general.

Para la EBA, la protección del consumidor “sigue siendo una prioridad y las instituciones financieras deben garantizar la disposición total y actuar en interés de los clientes”, asegurándose de que comprendan las implicaciones de tomar cualquier medida y sin aplicar cargos ocultos.

(SERVIMEDIA)
25 Mar 2020
ECR/gja