Sector financiero

El Banco de España realizó 81 requerimientos a la banca por incumplir la ley sobre publicidad hasta marzo, casi el 60% por hipotecas

MADRID
SERVIMEDIA

El Banco de España emitió 81 requerimientos a las entidades financieras durante el primer trimestre tras detectar incumplimientos de los principios y criterios recogidos en la normativa sobre la publicidad de productos y servicios financieros y casi un 60% estaban vinculados con hipotecas.

Las entidades procedieron a rectificar la publicidad en un 63% de los casos o directamente cesaron en otro 37% la totalidad de las piezas emitidas objeto de requerimiento dentro del plazo concedido a tal efecto, según figura en el Portal del Cliente financiero del organismo.

La revisión de las inserciones publicitarias cae entre las funciones de control del Banco de España cuando se refieren a servicios bancarios y de pagos ofertados por los bancos y otras entidades supervisadas, obligando a rectificar o retirar aquellas que no se ajustan a la normativa “para impedir que los destinatarios tomen decisiones no deseadas”.

Para comprobar su cumplimiento dispone de una herramienta tecnológica que permite acceder a un mayor número de piezas publicitarias a través de una mayor variedad de medios de difusión con la detección temprana de posibles incumplimientos, reduciendo así notablemente los plazos de difusión de publicidades ilícitas.

Durante el primer trimestre revisó más de 800 piezas en todo tipo de soportes publicitarios: cartelería, mobiliario urbano, prensa, radio, televisión, cine, redes sociales, en correos electrónicos y SMS, folletos y hojas informativas e, incluso, en las páginas web de las entidades.

De los 81 requerimientos enviados a las entidades, 48 o casi el 60% fueron por préstamos hipotecarios, otros 9 por préstamos personales, 9 por tarjetas, 6 por publicidad sobre cuentas, 4 por financiación para la compra de vehículos, 3 por financiación al consumo y 2 por depósitos.

Las causas más habituales que han dado lugar a requerimiento en este trimestre son la detección de errores en la publicidad de la tasa anual equivalente (TAE), la omisión de datos relevantes sobre los productos y servicios bancarios que pueda inducir a error a sus destinatarios y el incumplimiento de la ley que establece que la publicidad deberá ser clara, suficiente, objetiva y no engañosa y dejar patente el carácter publicitario del mensaje.

Según ha detallado el Banco de España, las piezas publicitarias requeridas se difundieron en su mayoría a través de las páginas web de las entidades, pero también a través de la televisión, la prensa escrita y folletos.

(SERVIMEDIA)
25 Mayo 2020
ECR/gja