Avance

Medidas económicas

El Gobierno prohíbe el reparto de dividendo en las entidades de crédito hasta octubre de 2020

- Amplía a cuatro los meses sin intereses en el aplazamiento de deudas

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto ley de medidas urgentes en materia económica que prorroga algunas de las ya implementadas anteriormente por el Ejecutivo y añade o modifica otras nuevas. De ese modo, el Gobierno prohíbe el reparto de dividendo en las entidades de crédito hasta octubre de 2020 y amplía a cuatro los meses sin intereses en el aplazamiento de deudas.

Según indicó la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se trata de una norma “transversal” para paliar los efectos del Covid-19 en términos económicos.

Así, una de las medidas nuevas es la prohibición del reparto de dividendos por parte de las entidades de crédito hasta el 1 de octubre de 2020, adaptando este aspecto a la recomendación realizada por el Banco Central Europeo (BCE).

De esta manera, las entidades de crédito también deberán abstenerse de contraer compromisos irrevocables en el reparto de dividendos y se prolonga un año el plazo para que las fundaciones bancarias realicen las dotaciones correspondientes al fondo de reserva.

En el ámbito tributario, Montero señaló que el real decreto ley aprobado este martes prorroga la posibilidad de que pymes y autónomos pospongan el pago de deudas tributarias de hasta 30.000 euros por un periodo de seis meses, pero en esta ocasión se amplía a cuatro meses el plazo de dicho aplazamiento que no conllevará intereses, situado anteriormente en tres.

Sobre esta medida, la portavoz detalló que, hasta ayer, se habían producido 1.016.688 solicitudes de aplazamiento, beneficiando a 638.652 autónomos y pymes por un importe total de más de 3.031 millones de euros.

También en materia tributaria, la titular de Hacienda indicó que la norma adapta la presentación del Impuesto de Sociedades, permitiendo que aquellas compañías que no aprobaran sus cuentas anuales en el plazo previsto, puedan presentar el impuesto en base a las cuentas anuales que tengan disponibles.

(SERVIMEDIA)
26 Mayo 2020
IPS/mjg