'Caso 3%'

El juez De la Mata propone juzgar a varios exdirigentes de CDC por el 'caso 3%'

- El juez cree que la creación del PDeCat obedeció a la pretensión de sus dirigentes de "desconectarse" de las responsabilidades de CDC

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha dictado dos autos en los que propone juzgar a varios exdirigentes de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), que formaba parte de CiU, por el llamado 'caso del 3%'.

Se trata de los exgerentes Daniel Osácar, Andreu Viloca y Germá Gordó; el exresponsable jurídico de esta formación Francesc Xavier Sánchez Vera, y otras 28 personas físicas y 16 jurídicas, por delitos de organización criminal, fraude a las administraciones públicas, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales como integrantes de una estructura puesta en marcha para financiar al partido “ilegalmente y en forma encubierta”.

En el auto de pase a procedimiento abreviado, el magistrado dirige el proceso, además de contra varios cargos políticos y funcionarios de distintas administraciones e instituciones públicas de Cataluña, contra la formación política CDC, el PdeCat, las sociedades TeyCo, Urbaser, Fundación ACS, Grupo Soler Constructoras o Copisa, entre otras, y archiva la causa para cinco personas físicas y una jurídica.

El auto pone fin a una investigación que se inició en 2015 en relación con determinadas actuaciones irregulares de personas vinculadas al Ayuntamiento de Torredembarra (Tarragona) y que ha concluido con esta resolución en la que el juez describe la operativa desplegada por los investigados. Así, señala que altos cargos de CDC, en connivencia con responsables públicos y funcionarios de distintas Administraciones e instituciones públicas de Cataluña, y con distintos empresarios, pusieron en marcha esa estructura.

En lo más alto de la organización, el juez incluye a Gordó, Osácar y Viloca, quienes llevaban a cabo un control y seguimiento de las licitaciones de obra pública y servicios ofertadas por diferentes administraciones del ámbito territorial catalán, todas bajo la esfera de poder de CDC, e “influían en sus responsables a fin de conseguir que fueran adjudicadas a las empresas conniventes o asociadas a este pacto criminal”. Ellos, según el juez, llevaban las cuentas, materializaban el seguimiento de deudas pendientes, en las adjudicaciones dadas y “por supuesto recibían los pagos”.

En un segundo escalón, el magistrado sitúa a las autoridades de estas administraciones que, de acuerdo con los responsables del partido político CDC y siguiendo sus indicaciones, alteraron efectivamente concursos públicos con la finalidad de "dirigir" los mismos hacia las compañías de los empresarios conniventes. En el tercer escalón, incluye al grupo de los empresarios que, sistemáticamente, se concertaron con altos cargos de CDC para realizar pagos encubiertos al partido, bajo la apariencia de donaciones, a través de sus fundaciones vinculadas al partido.

"SUBVERTIR EL ESTADO DE DERECHO"

Todos los investigados eran necesarios para cerrar el círculo de las actividad delictiva y según argumenta de la Mata, desarrollaron estas acciones dirigidas a un solo fin: “subvertir el Estado de derecho y, mediante un intenso abuso de poder, usar la dirección de las administraciones para obtener un beneficio y lucro ilícito, personal y mercantil en el caso de los empresarios, y organizacional en el caso concreto del dirigente del partido político, consiguiendo una "financiación ilegal" para el mismo, acarreando un grave descrédito a la administración pública y un perjuicio al propio erario público”.

El juez detalla todas las adjudicaciones y donaciones investigadas a lo largo de estos años, y destaca la íntima relación temporal y causal entre los anuncios, las publicaciones de los concursos, las reuniones entre los actores descritos, la adjudicación del contrato de obra o servicio investigado y las consiguientes donaciones a las fundaciones vinculadas a CDC.

De la Mata hace constar en su escrito que no siempre existía una exacta concatenación temporal entre los pagos y las, al menos, 31 adjudicaciones incluidas en el auto, porque las donaciones no están necesariamente vinculadas a adjudicaciones sino a mantener la buena relación con el partido y “situar o mantener a la empresa en posición de acreedor con vistas a futuras adjudicaciones”. Así, sitúa a Gordó, Osácar y Viloca al frente de una estructura estable, permanente y sostenida en el tiempo, con un patrón de funcionamiento cuidadosamente planificado e implementado por los responsables del área económico-financiera de CDC.

El juez considera "muy relevante" la trascendencia de esta organización en el desarrollo de la actividad de CDC, ya que los ingresos del partido que tuvieron origen en estas actividades llegaron a suponer una media del 11,5% de la "financiación privada" del partido y un 7,7% de la total. "Los cambios en la estructura del partido no supusieron en ningún caso un cese en la comisión de los hechos objeto de investigación, suponiendo únicamente una modificación en la identidad de las personas partícipes en los mismos”, apunta.

Aunque CDC dio paso al PDeCat, el juez aprecia una "aparente identidad" entre ambos, lo que permite afirmar indiciariamente que la creación del PDeCat "se corresponde con la mera transformación o cambio de apariencia de una misma realidad con la finalidad de desconectarse de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido la formación política precedente, CDC”.

(SERVIMEDIA)
30 Jul 2020
CLC/mjg