Coronavirus

Compromís propone habilitar el voto electrónico a los electores afectados en crisis sanitarias

- Con una reforma de la Ley de Régimen Electoral General para casos de enfermedad o incapacidad de los ciudadanos

MADRID
SERVIMEDIA

El diputado de Compromís, Joan Baldoví, ha presentado una proposición no de ley para la Reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que prevea las situaciones de enfermedad e incapacidades en electores, que pudiera dar lugar a restricciones en los procesos electorales, como ha ocurrido durante la pandemia de Covid-19. En concreto, pide la habilitación del voto electrónico con todo tipo de salvaguardas para garantizar la limpieza del sufragio.

Según explica en su exposición de motivos, la pandemia causada por el coronavirus ha puesto en evidencia que la conciliación entre el derecho a la vida y a la seguridad y el derecho básico a la participación política a través de los procesos electorales “no siempre es sencilla ni puede solucionarse con reglas particulares que atiendan a situaciones puntuales”.

Además, asegura, “no parece conveniente sobrecargar a los órganos competentes del Poder Judicial o a la administración específica de los procesos electorales (Juntas Electorales) con decisiones que afectan a la fibra misma de la democracia. El posible incremento de la abstención, derivada de la incertidumbre ante estos hechos debe atajarse”.

Los casos de las elecciones autonómicas vasca y gallega han servido de ejemplo de los casos a los que el sistema electoral podría enfrentarse antes casos de pandemia o crisis sanitaria. Y por otro lado, Baldoví alerta sobre el riesgo de alteración de la normalidad democrática que podría suponer la suspensión o aplazamiento de futuros procesos electorales.

La reforma de la Loreg que propone el representante de Compromís pretende que se definan los requerimientos para decidir las personas, grupos de personas o zonas geográficas afectadas por una enfermedad inhabilitante para ejercer el derecho de voto y las competencias de las Juntas Electorales para dirimir los potenciales conflictos. Todo ello bajo el principio de una interpretación favorable al ejercicio del Derecho a la participación política.

Establecerá los mecanismos para el voto electrónico, con las debidas garantías, incluyendo, para los casos señalados en el párrafo anterior, y si fuera necesario, la posibilidad de desplazamiento de personas especializado, con el instrumental informático necesario, a domicilios, hospitales, residencias, etc., que gocen de la acreditación necesaria acerca de la imposibilidad o inconveniencia de ejercer su derecho al voto de la manera habitual, y asistidos por personal de la administración electoral y apoderados de las formaciones políticas que concurran a las elecciones.

Compromís quiere que se establezcan periodos extraordinarios de voto por correo para los casos indicados, en casos de confinamiento o limitación de movimientos o incremento desusado de personas con problemas sanitarios, todo ello con garantías similares a las existentes actualmente en el artículo 72 de la Loreg.

En casos extremos se establecerá bajo vigilancia de la autoridad electoral y con asistencia de apoderados de las fuerzas políticas, la existencia de “urnas volantes” para las personas enfermas o incapacitadas, extremando las garantías y restringiendo su uso a algunas horas de la jornada electoral. Todo ello sin romper la idea de adscripción individual a una circunscripción, o sección electoral, según el censo, y una mesa concreta.

En caso necesario, las prescripciones establecidas para personas con problemas de salud, podrían ampliarse a personal sanitario, de residencias de mayores, fuerzas de seguridad, etc. que presten servicios de primera necesidad en una crisis sanitaria.

Igualmente propone nuevas fórmulas de prevención que garanticen que los colegios electorales sean seguros, tales como más separación entre los elementos tradicionales del voto -mesas de papeletas, urnas, cabinas, etc.-, así como el mantenimiento de distancia entre los que acuden a votar, miembros de las mesas, asistencia administrativa y policial y, finalmente, la organización de las mesas en lugares ventilados y de fácil acceso.

Finalmente, quiere que se defina un mecanismo excepcional para el aplazamiento de Elecciones ya convocadas, que pueda incluir la autorización por mayoría cualificada de los respectivos órganos parlamentarios y ligada a la existencia de la declaración de los estados excepcionales indicados en los artículos 55 y 116 de la Constitución. A tal efecto, si fuese necesario, se propondría también la modificación de la Ley Orgánica que los regula”.

(SERVIMEDIA)
01 Ago 2020
SGR/man