Coronavirus

Protección de Datos ve “indicios racionales” de que la Comunidad pudo vulnerar la ley difundiendo datos de 17.000 empleados

- Admite a trámite la denuncia de Facua contra el Ejecutivo de Díaz Ayuso por difundir datos personales de miles de trabajadores de la enseñanza citados para una serología

Madrid
SERVIMEDIA

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aprecia “indicios racionales” de una “posible vulneración de la normativa en materia de protección de datos” en la difusión, por parte de la Comunidad de Madrid, de los datos personales de casi 17.000 empleados de centros de enseñanza de la región que fueron citados para una serología la semana pasada.

De este modo, la agencia admite a trámite la denuncia de Facua Madrid contra la Comunidad de Madrid al entender que, “a tenor de la información preliminar de la que se dispone”, podría existir dicha vulneración de derechos, según precisó este martes la asociación de consumidores en un comunicado.

La AEPD advierte de que contra la admisión a trámite no cabe recurso administrativo alguno, sin perjuicio de la posibilidad que tienen los interesados de realizar alegaciones para oponerse al mismo, que serán consideradas en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Facua Madrid había denunciado a la Consejería de Juventud y Educación de la Comunidad después de que “varios docentes” contactaran con la organización para poner de manifiesto que habían recibido un correo electrónico en el que se les citaba para una serología realizada por Ribera Salud, acompañado de un documento adjunto con datos de casi 16.720 trabajadores del Área Territorial Madrid-Sur.

En el documento, en formato hoja de cálculo, aparecen los nombres, apellidos, sexo y el carácter de docentes o no docentes de estos trabajadores, así como el lugar y hora en el que estaban citados para la prueba para el diagnóstico del coronavirus.

SIN CONSENTIMIENTO

La asociación señalaba en su denuncia que los trabajadores de los centros de enseñanza no han dado su autorización a la Consejería de Educación para que facilite sus nombres y apellidos al resto de trabajadores “ni tampoco a que estos sepan que, previsiblemente, estarán en un determinado lugar a una hora para realizarse una prueba serológica”.

Por ello, a su juicio, estos hechos podrían incurrir en una vulneración del artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Así, la asociación precisó que en el apartado primero, letra a del citado artículo, se indica que el tratamiento de estos datos “solo será lícito" si el interesado “dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos". Como excepciones, la norma permite el tratamiento para "el cumplimiento de una obligación legal" o con el fin de "proteger intereses vitales", pero la asociación advirtió de que la consecución de esos fines “no hace necesario, obviamente, que los trabajadores de los centros de enseñanza tengan acceso a datos personales de otros empleados”.

(SERVIMEDIA)
08 Sep 2020
MJR/gja