Seguridad Vial

El Defensor del Pueblo celebra que el Supremo rechace que se hagan dos ITV en poco tiempo

- Industria quería descontar la prórroga por el estado de alarma, lo que obligaría a dos inspecciones incluso en pocos días

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, recibió este miércoles con satisfacción el auto del Tribunal Supremo que suspende cautelarmente la normativa que establecía que el plazo de validez de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) tenía que contabilizarse a partir de la prueba realizada sin contar la prórroga por el estado de alarma debido a la pandemia de Covid-19.

La institución dirigida por Fernández Marugán recomendó el pasado mes de julio a la Secretaría General de Industria que el plazo de validez de la ITV se contabilice a partir de la inspección realizada y no se descuente la prórroga por el estado de alarma.

Ahora, el Supremo resalta en un auto que su criterio coincide con el ya expuesto por el Defensor del Pueblo en su resolución, ya que “al descontar el periodo de prórroga está acortando (la Administración) el periodo de manera artificial la duración de las ITV, produciendo el efecto de obligar a los particulares a realizar la siguiente operación antes de lo previsto”.

Durante el estado de alarma, tras el cierre de las estaciones ITV, la Administración estableció una prórroga para la validez de los certificados. Restablecido el servicio, determinó que al plazo de validez de las inspecciones se le descontaría el periodo de prórroga.

Entonces, el Defensor del Pueblo recibió quejas de asociaciones y particulares que manifestaban su disconformidad con estas condiciones, ya que con ellas muchos vehículos tenían que realizar dos inspecciones seguidas en un corto periodo de tiempo, con los costes y cargas que ello supondría para sus propietarios.

En su recomendación, Fernández Marugán recordaba a Industria que el objetivo general de la ITV es asegurar que los vehículos estén en buenas condiciones de uso desde el punto de vista de la seguridad y el medio ambiente, y no observaba razones imperiosas de interés general que justificasen el recorte de la vida legal de las ITV.

En su opinión, descontar el periodo de prórroga “acortaba de manera artificial la duración de las ITV” y obligaba a los particulares a realizar la siguiente inspección antes de lo previsto.

Así, apuntaba que en los casos más extremos (como el de los vehículos sujetos a inspección semestral) podían tener que realizar dos inspecciones con un intervalo de pocos días entre ellas.

(SERVIMEDIA)
30 Sep 2020
MGR/mjg