Fiscalidad

Airef propone eliminar requisitos y límites en la deducción por I+D+i del Impuesto de Sociedades para mejorar su eficacia

MADRID
SERVIMEDIA

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) propuso este jueves una serie de modificación en la deducción por I+D+i del Impuesto de Sociedades, con el objetivo de mejorar la eficacia y la transparencia de la misma.

La Airef, que tuvo que aplazar la evaluación de este incentivo debido a la dificultad ocasionada por la pandemia de Covid-19 para acceder a los datos necesarios, ha realizado esta revisión en el marco del estudio de beneficios fiscales que forma parte de la segunda fase de su análisis de la eficiencia del gasto público, el conocido como ‘Spending review’.

Este beneficio fiscal consiste en una deducción del 25% de los gastos dedicados a investigación y desarrollo -ampliable hasta el 42% para gastos de personal investigador- y del 12% de los destinados a innovación, existiendo ciertos límites máximos. Según indicó la Airef, el beneficio supone un coste fiscal devengado de 1.100 millones de euros, pero el coste real aplicado en cada ejercicio es de 300 millones.

En este sentido, la autoridad fiscal constata que España presenta un nivel de inversión en I+D+i por debajo de la media de los países del entorno y que, a diferencia de éstos, la inversión en I+D+i disminuyó durante el periodo de recesión comprendido entre 2008 y 2015. Además, señala que “el grado de innovación de las empresas pequeñas, con un peso elevado en el tejido productivo nacional es significativamente inferior al de los países del entorno”.

Para la Airef, “el beneficio fiscal a la I+D+i presenta una eficacia potencial destacada, si bien su eficacia real se ve mermada por lo límites y los requisitos normativos para su aplicación plena”. En este sentido, la evaluación concluye que el beneficio fiscal “sí alcanza el objetivo de fomentar la inversión en I+D+i, que se incrementa en 1,5 euros por cada euro que la administración central destina al incentivo fiscal”, pero constata “una elevada distancia entre la eficacia potencial del beneficio fiscal y la eficacia real”.

A este respecto, la Airef explicó que esta diferencia “se debe a la importancia ejercida por los límites de la deducción o por la insuficiencia de cuota para aplicarse la deducción, lo que provoca un distanciamiento entre la eficacia potencial y la eficacia real del beneficio fiscal y genera importantes créditos fiscales de aplicación futura”. “Los límites máximos de deducción ejercen un papel limitador que reducen la posibilidad de aplicar la deducción de forma completa en cada ejercicio generando importantes créditos fiscales a futuro y por tanto reduciendo el atractivo el incentivo”, indicó.

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Por ello, la Airef propone “eliminar algunos de los requisitos para acogerse al régimen opcional y de esta forma aproximar paulatinamente la eficacia potencial a la eficacia real del beneficio fiscal”. En concreto, aboga por eliminar la obligación de mantener la plantilla media general, o alternativamente la adscrita a actividades de I+D+i durante 24 meses para poder acogerse al régimen opcional. Además, plantea permitir la solicitud de la deducción reembolsable del régimen opcional en el mismo ejercicio en el que se genera el derecho de deducción.

Por otro lado, también propone establecer un mecanismo de acreditación de la I+D+i “rápido y semiautomático” para empresas cuya inversión en este campo no supere un cierto límite, así como publicar la lista de personas jurídicas beneficiarias del incentivo fiscal para equiparar su publicidad a la requerida en los programas de subvenciones directas a la I+D+i y de esta forma igualar la transparencia.

Asimismo, con el objetivo de mejorar la transparencia del incentivo, la institución plantea también aumentar los requerimientos de información sobre las características, la composición del gasto en I+D+i y los resultados de la innovación de las empresas beneficiarias para poder llevar a cabo una mejor evaluación de la eficacia del incentivo fiscal. Por último, propone analizar el beneficio fiscal de forma conjunta con las políticas de transferencias directas y subvenciones dentro de la política global de apoyo a la I+D+i.

(SERVIMEDIA)
29 Oct 2020
IPS/gja