Tribunales

El juez rechaza el recurso de Vox contra el archivo del 'caso Delcygate'

MADRID
SERVIMEDIA

El magistrado titular del Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid ha desestimado el recurso de reforma (ante el propio órgano judicial) formulado por Vox contra el auto de sobreseimiento provisional del denominado 'caso Delcygate' acordado por el propio juzgado.

El juez acuerda el sobresimiento de la causa por entender que la vicepresidenta venezolana no pisó suelo español. Contra este nuevo auto cabe la interposición de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El pasado 11 de noviembre, este mismo juzgado decidió el sobreseimiento en la causa conocida de forma popular como 'Delcygate' al considerar, con base en el reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería (en concreto, el artículo 25) que la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español no es territorio nacional.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma ante el propio juzgado, que ha sido desestimado este martes, pero también caber recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Para justificar el sobreseimiento, el magistrado esgrimió al artículo 25 de la Ley de Extranjería que indica que "el extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas".

El ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, fue el encargado de recibir a la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, que en ningún momento selló su pasaporte y fue recibida a pie de pista, por lo que el juez considera que legalmente no llegó a pisar suelo español.

Además de esta causa, Ábalos tenía pendiente las querellas presentadas ante el Tribunal Supremo, en el que es aforado, por el partido Leócrata y Vox por estos mismos hechos.

El 26 de noviembre, el TS acordó archivar las querellas contra el ministro de Transportes por presunta prevaricación apuntando que los hechos denunciados son susceptibles de control político pero que de ello no se deriva responsabilidad penal.

Los hechos sucedieron el pasado 20 de enero, cuando el ministro Ábalos se reunió en la sala VIP del aeropuerto madrileño con Delcy Rodríguez, cuyo vuelo había hecho una escala en espera de viajar a Doha.

En su informe al TS, la Fiscalía consideraba que las acusaciones contra el ministro se basaban en informaciones periodísticas y sostenía que no hay pruebas que demuestren que la intervención de Ábalos fue “más allá de lo estrictamente diplomático”.

(SERVIMEDIA)
15 Dic 2020
SGR/clc