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FAPE tilda de “censura preventiva” la condena a 'CTXT' por una información “veraz y contrastada”

- Aunque "vulnera el honor" de un personaje público en su redacción

MADRID
SERVIMEDIA

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) calificó este viernes de ”censura” la decisión de la jueza Ana Mercedes Merino de condenar a la revista 'CTXT' a indemnizar a un famoso actor y a silenciar sus informaciones a propósito de una noticia publicada en 2016 que, según la propia sentencia, “era veraz, de interés general y no incluía ni rumores ni invenciones”.

En su fallo, la magistrada también reconoce la “debida y razonable” diligencia profesional del periodista que publicó la noticia y la veracidad de sus fuentes, pero destaca que el estilo de redacción de la noticia afectaba al honor del demandante y que este derecho prevalece sobre el de la libertad de información.

Según la FAPE, se trata de una sentencia “inaudita”, que impone “una censura preventiva a la revista”, a la que prohíbe publicar cualquier tipo de información relacionada con la noticia además de borrar la publicación y todos los mensajes en redes sociales sobre ésta. También le exige el pago de una indemnización de 5.000 euros al demandante y la publicación de la sentencia en su web y en los periódicos 'El País' y 'El Mundo'.

En su comunicado, La FAPE se une a la Federación Internacional de Prensa (FIP), que rechazó que “publicar una noticia veraz y elaborada según los parámetros profesionales del periodismo y publicada sin contener ofensas personales pueda suponer una violación del derecho al honor”. “La imposición de una censura previa supone una amenaza a la libertad de información impropia de un país democrático”, recalcó.

Para la FAPE, “el derecho a informar sobre un hecho concreto consecuencia de un procedimiento judicial no se puede limitar”, por lo que “cabe entender la decisión judicial como una censura a informar sobre un hecho puntual”.

(SERVIMEDIA)
15 Ene 2021
AGQ/clc