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El Congreso da luz verde a la suspensión de los desahucios incluso en algunas viviendas ocupadas

- Con el rechazo del PP y Vox, que tachan la medida de “comunista”

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del congreso de los Diputados ha dado su visto bueno a la convalidación del real decreto ley que amplía la suspensión de los desahucios e familias vulnerables hasta a la finalización del estado de alarma, incluyendo viviendas ocupadas donde habitan víctimas de violencia de género, personas dependientes o menores.

El decreto ha logrado 198 votos favorables, 146 en contra y 4 abstenciones. Además, se ha aprobado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, por 244 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones.

Según las posiciones expresadas por los distintos portavoces de los grupos parlamentarios, formaciones como ERC, PDECat, Ciudadanos, EH-Bildu PRC o BNG expresaron su apoyo, que se suma al del PSOE y Unidas Podemos, las formaciones del Gobierno. Entre los que rechazaron el real decreto, el PP, vox y Foro Asturias criticaron especialmente que justifique la ocupación.

Este decreto, que llevó al PP a pedir en la diputación Permanente del Congreso la comparecencia del ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, ha vuelto a ser objeto de polémica tras la decisión del Gobierno de modificarlo para evitar los desahucios de viviendas ocupadas inmersas en procedimientos penales, si la entrada al inmueble no se produjo con intimidación o violencia.

En la defensa del decreto ley, el ministro de transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, señaló que la posibilidad de detener el desahucio de una vivienda ocupada se limita a casos “acotados en el tiempo y muy excepcionales” ya que solo se podrá producir durante el estado de alarma.

Asimismo, aclaró que este real decreto ley limita la protección de las familias vulnerables que ocupan una vivienda a aquellos casos en que se ha abierto un proceso civil, ya que la extensión a procesos penales en los que no haya violencia o intimidación está recogido en un real decreto ley posterior, que también deberá ser sometido a su convalidación. De hecho, Sara Giménez, de Ciudadanos, anunció ya su voto en contra a este cambio.

Además, Ábalos destacó que ofrece “nuevas medidas de protección para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a situaciones de desahucio”, además de mejorar los derechos de los arrendadores, que pueden acceder a indemnizaciones.

“Hemos optado por no dejar a nadie atrás y la vivienda forma parte de ese escudo social, ya que en plena pandemia no podemos permitir que haya personas que se queden en la calle sin una alternativa habitacional”, concluyó el ministro, antes de recordar que el decreto incluye también medidas de apoyo al sector del transporte o la prohibición del corte de suministros energéticos.

Entre los grupos contrarios al decreto, en nombre del PP, Mario Garcés, advirtió de que esta medida supone “un ataque a la propiedad privada” y dijo al ministro que “no legisla usted, están legislando los que están detrás de usted” en referencia a Pablo Iglesias y Unidas Podemos. “Es el pinche de cocina del comunismo más heterodoxo que hemos visto en los últimos años”, sentenció.

En la misma línea, la portavoz de Vox, Macarena Olona, denunció que se trata de “una medida comunista” y añadió que “no podemos apoyar la expropiación indirecta de las casas de los españoles que comporta esta norma”. “Hay que sacar a los ocupas con una patada en el trasero el primer día”, reclamó.

REQUISITOS DEL DECRETO

Para poder suspender los desahucios en viviendas ocupadas, los propietarios de estos inmuebles deben ser personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas y el inmueble no puede ser la residencia habitual o segunda residencia del propietario o de otra persona a la que se lo haya cedido.

Tampoco si existen indicios racionales de que la vivienda se esté utilizando para la realización de actividades ilícitas, cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubiera asignado la vivienda a un solicitante o si la entrada en el inmueble se ha producido después del 23 de diciembre de 2020, la fecha de entrada en vigor del real decreto ley.

Además, el real decreto amplía las situaciones de vulnerabilidad social y económica que pueden alegarse en las viviendas alquiladas, extendiendo dichas situaciones a aquellas no necesariamente derivadas, de manera directa, de los efectos de la expansión de la Covid-19.

La suspensión del lanzamiento se mantendrá por el tiempo necesario para aplicar las medidas sociales que procedan, que deberán permitir una solución habitacional que garantice una vivienda digna, y siempre dentro del periodo del estado de alarma.

En caso de que no se ofrezca una solución habitacional en los 3 meses siguientes desde la emisión del informe de los servicios sociales, los arrendadores tendrán derecho a solicitar una compensación siempre que se acredite el perjuicio económico ocasionado.

(SERVIMEDIA)
28 Ene 2021
JBM/clc