Ayudas

La SEPI derivará a Cofides las empresas que no reúnan el perfil para ser recapitalizadas con el fondo para compañías estratégicas

- Cofides podrá nombrar consejeros en sociedades a las que ayude y el Gobierno cambia la ley para que puedan recibir ingresos si no son funcionarios públicos

MADRID
SERVIMEDIA

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) “dará traslado a Cofides de los expedientes correspondientes a empresas que hubieran iniciado el trámite de solicitud de apoyo público temporal con cargo al Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas” sin que alcancen “los umbrales mínimos de inversión” previstos en dicho vehículo.

Así lo establece el real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros para poner en marcha un nuevo paquete de ayudas a empresas y autónomos por valor de 11.000 millones de euros y que entra en vigor este sábado con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esos 11.000 millones se distribuyen en tres fondos: 7.000 millones en ayudas directas para pagar costes fijos y que gestionarán las comunidades autónomas; 3.000 millones para recapitalización de deuda avaladas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y un fondo para recapitalizar compañías con 1.000 millones y bajo gestión de la Compañía Española de Financiación al Desarrollo (Cofides).

Este último nace para complementar el fondo de rescate para empresas estratégicas dotado con 10.000 millones y que gestiona la SEPI, donde ya se ha aprobado auxiliar a Air Europa, Duro Felguera y la aerolínea Plus Ultra. Su espectro sería, por tanto, compañías no cubiertas por el primer fondo -empresas de menor tamaño o no estratégicas-, lo que impide que una empresa vaya a ambos vehículos.

La decisión de apoyar o no a las compañías se tomará “bajo criterios de rentabilidad, riesgo e impacto en desarrollo sostenible, para reforzar la solvencia de las empresas con sede social en España” y cuyos criterios o condiciones para poder acceder a este fondo quedan pendientes de que los precise un futuro Consejo de Ministros. El vehículo surtirá el apoyo en forma de instrumentos de deuda, de capital e híbridos de capital, o una combinación de ellos, a empresas no financieras y que previamente lo hubieran solicitado y atraviesen dificultades de carácter temporal a consecuencia de la pandemia del Covid-19.

La norma deja claro que “en ningún caso” apoyará financieramente a empresas que con anterioridad a la crisis de la pandemia “tuvieran problemas de viabilidad o a aquellas que se consideren inviables a futuro”. No en vano, todo el paquete de ayudas de 11.000 millones está condicionado a que sus negocios continúen vigentes en junio del próximo ejercicio 2022 e impide pagar dividendo o subir el sueldo a su cúpula durante dos años -en 2021 y 2022-.

ENTRADA EN EL CAPITAL

El decreto recoge la posibilidad de "participación en el capital social de las empresas elegibles". Para decidir entrar, los gestores del fondo valorarán las eventuales reestructuraciones de deuda que las empresas hayan realizado para que mejoren su perfil de riesgos y contribuir a su viabilidad. Con su desembarco y, al igual que ocurre con el fondo para empresas estratégicas, Cofides podrá nombrar consejeros en la empresa que recapitalice.

El decreto también recoge que las operaciones llevarán aparejados instrumentos para la participación del Estado en los beneficios futuros de las empresas "así como una estrategia de salida debido a la naturaleza temporal del Fondo, fijada en 8 años".

Todos los ingresos que devengue la entrada en el capital de las compañías, tales como dividendos, intereses, plusvalías y cualesquiera otras remuneraciones que resulten de las inversiones u operaciones que se realicen, se ingresarán en el Tesoro una vez se deduzcan los costes incurridos y minusvalías. Y también las retribuciones que puedan percibir los consejeros nombrados, salvo que dichos profesionales no sean personal público.

El Gobierno ha cambiado, de hecho, la normativa que dio lugar al fondo de la SEPI para establecer que las remuneraciones que puedan percibir de las empresas recapitalizadas las ingrese el profesional nombrado para representar al Estado si no es personal público.

FONDO PARA REESTRUCTURACIONES

En relación al fondo de 3.000 millones previsto para reestructuraciones de deudas avaladas por el ICO o por la Compañía Española de Reafianzamiento (Cersa), el real decreto ley deja claro que el organismo público asumirá las condiciones de la reestructuración siempre que así lo hagan el resto de entidades financieras y acreedores.

También establece que se articularán tres niveles de actuación: primero, la posibilidad de extensión del plazo de vencimiento de los préstamos concedidos con aval público; segundo, y si esa medida resulta insuficiente, se abriría la posibilidad de convertir dichos préstamos en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público; y en última instancia y si las anteriores son insuficientes, se abre la opción “excepcional” de “realización de transferencias a autónomos y empresas para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia”, algo asimilable a una quita.

Para su aplicación se elaborará un Código de Buenas Prácticas parecido al existente para préstamos hipotecarios y que será de adscripción voluntaria por parte de las entidades financieras. Toda la letra pequeña de este código y de las diferentes líneas de actuación, junto a las condiciones para poder solicitar la reestructuración de deuda quedan, sin embargo, sujetas a una regulación posterior del Consejo de Ministros.

(SERVIMEDIA)
13 Mar 2021
ECR/MMR/gja