Medidas Covid-19

El Gobierno dará hasta 4 años a las empresas para pagar sus deudas no tributarias con la administración

-Mediante un aplazamiento de dos años y otros dos años de fraccionamiento de pago

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó este martes una medida para permitir a las empresas pagar sus deudas no tributarias ni aduaneras con la administración en un plazo de hasta cuatro años con el objetivo de permitirles una mayor liquidez, mediante su aplazamiento máximo por un periodo de dos años a partir del vencimiento previsto y, una vez cumplidos esos 24 meses, la concesión adicional de otro plazo de dos años más en los que fraccionar el pago de la deuda.

Así lo indicó la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que detalló las medidas adicionales introducidas por el Gobierno en un nuevo real decreto dirigido a apoyar a las empresas y autónomos, en el que se incluye este aplazamiento de las deudas no tributarias.

Montero aseguró que se trata de “una medida importante para garantizar liquidez y solvencia de las empresas” y resaltó que supone “un paso más” al sumarse a otras medidas tomadas anteriormente sobre los aplazamientos de deudas tributarias y aduaneras.

El objetivo de la medida, agregó la portavoz, es “agilizar estos aplazamientos y fraccionamientos de las deudas no tributarias ni aduaneras que se tramitan en las delegaciones de Economía y Hacienda”, de forma que, explicó, “la medida va a afectar a deudas que se derivan del reintegro o desembolso de ayudas o de préstamos que se conceden por la administración general del estado y se distribuyen desde el ámbito territorial en las delegaciones correspondientes”.

Asimismo, señaló que “afectará también a deudas cuya gestión recaudatoria corresponda a este nivel territorial, las delegaciones de Economía y Hacienda, o aquellas que se encuentran en periodo voluntario de pago o se aplazan o fraccionan previamente”.

Montero resaltó que la medida es “un mecanismo excepcional, temporal, pero que flexibiliza el pago y evita tensiones de tesorería en las empresas” y, por último, indicó que las solicitudes para acogerse a esta medida se podrán presentar durante los ejercicios 2021 y 2022 con independencia del periodo al que se refieran las deudas.

(SERVIMEDIA)
20 Abr 2021
ECR/IPS/gja