Discapacidad

Alertan de que la reforma de la legislación civil sobre discapacidad puede privar a estas personas de asistencia gratuita en procesos muy complicados

MADRID
SERVIMEDIA

Plena inclusión España, el Consejo General de la Abogacía Española y la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) alertaron este viernes de que la reforma de la legislación civil y procesal sobre la capacidad jurídica de las personas con discapacidad dejará sin derecho a la asistencia letrada gratuita a estas personas ante “procesos muy complejos”, lo que “puede suponerles una situación de indefensión”.

La futura ley, cuya aprobación aplaudió todo el movimiento social de la discapacidad, entrará en vigor el próximo 3 de septiembre, e implica reformar unos 80 artículos de hasta ocho leyes.

Uno de ellos es el 42.bis.a) de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que en su nueva redacción establece que la persona con discapacidad podrá actuar como representante de su propia defensa, por lo que no es preceptivo que vaya acompañada de abogado y procurador. Según las tres entidades, ello tiene como consecuencia que la persona no podrá beneficiarse de la defensa gratuita “como el resto de la ciudadanía”, lo que supone “un grave recorte de sus derechos”.

En un comunicado conjunto, Plena inclusión España, AEFT y el Consejo General de la Abogacía Española, exigieron la inmediata modificación de este artículo, pues “aunque la ley establece la necesidad de que el juzgado adopte las medidas para garantizar el derecho de comprensión y de accesibilidad cognitiva (de estas personas), la complejidad del sistema (…) hace que se precise de ayuda profesional para defender sus intereses y garantizar que se respeten su voluntad”.

También reclamaron que las Comisiones de Asistencia Gratuita de los Colegios de Abogados apoyen a estas personas desde el “reconocimiento excepcional del derecho a la asistencia jurídica gratuita, ya que se trata de procedimientos que guardan relación con la discapacidad”.

Finalmente, pidieron que los juzgados y tribunales, en el caso en que una persona con discapacidad comparezca sin abogado y procurador, requieran su intervención “mediante auto motivado, para garantizar la igualdad de las partes en el proceso”.

(SERVIMEDIA)
16 Jul 2021
AGQ/clc