Las gasolineras deberán reducir la cantidad de vapores emitidos a la atmósfera
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El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto que transpone la legislación comunitaria respecto a la obligación por parte de las estaciones de servicio de limitar, prevenir y reducir las emisiones de contaminantes vertidos a la atmósfera durante el repostaje de los vehículos de motor.
El objetivo es implantar en las gasolineras sistemas que permitan recuperar, como mínimo, un 85% de los vapores de gasolina emitidos.
En concreto, el nuevo real decreto dispone que las nuevas gasolineras deben dotarse de un sistema de recuperación de vapores de gasolina si su caudal efectivo es superior a 500 m3/año. En el caso de las ya existentes, el límite se fija en caudales superiores a 3.000 m3/año y habrán de incorporar el nuevo sistema de recuperación de vapores antes del 31 de diciembre de 2018.
Para comprobar el correcto funcionamiento de la nueva normativa, las estaciones de servicio estarán obligadas a someterse a verificaciones periódicas anuales, además de a facilitar información a este respecto tanto a la Administración como a los consumidores. El propio real decreto incluye un régimen sancionador para los casos de incumplimiento.
(SERVIMEDIA)
02 Mar 2012
JCV/gja