‘Caso Villarejo’

La Audiencia confirma su competencia para juzgar tres piezas del ‘caso Villarejo’ y rechaza citar a miembros del Gobierno

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal que juzga las tres piezas (‘Iron’, ‘Land’ y ‘Pintor’) del denominado ‘caso Tándem’, en las que el principal acusado es el comisario jubilado José Manuel Villarejo, ha reafirmado su competencia y ha descartado la mayoría de las testificales solicitadas en las cuestiones previas, entre ellas las de miembros actuales o anteriores del Gobierno.

En un auto, la Sección Cuarta se pronuncia sobre las cuestiones previas planteadas por las partes al inicio de la vista oral en las que se piden numerosas testificales y se alega, entre otras cuestiones, la vulneración de derechos fundamentales, nulidad de actuaciones, petición de expulsión del partido político Podemos y prescripción del delito de descubrimiento y revelación de secretos, así como el enjuiciamiento conjunto con la pieza principal.

La Sala avanza que algunas de las cuestiones planteadas relacionadas con vulneración de derechos fundamentales o nulidad de actuaciones se resolverán en la sentencia. En relación con la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por las defensas, la Sala recuerda que las tres instancias judiciales que se han pronunciado sobre esta cuestión han mantenido la competencia de este tribunal, al tratarse de acciones cometidas por españoles en el extranjero.

El Tribunal explica que las tres piezas del presente juicio tienen vinculación con la causa principal de la que proceden y ello sin perjuicio de reconocer que los hechos objeto de acusación en las tres piezas de enjuiciamiento, por sí solos considerados no sería suficiente para mantener la competencia de este órgano jurisdiccional.

El auto, de 66 páginas, rechaza también la petición de acumular las tres piezas a la causa principal para su enjuiciamiento conjunto por ser procesalmente inviable al no haber finalizado la instrucción de la causa principal. No obstante, el tribunal señala que en las primeras sesiones de juicio se ha percatado de la necesidad de unir a las tres piezas parte de la documental de la principal, “en concreto, el núcleo de la investigación judicial llevada a cabo en aquella en relación, en concreto, con las diligencias de entrada y registro practicadas, con objeto de que conozca la forma en que se produjo su aprehensión y la legalidad de la actividad desplegada, tema éste que también ha sido cuestionado”.

En relación con la nulidad de las entradas y registros realizados que planteaban las defensas, el Tribunal explica que será objeto de análisis en la sentencia que dicte, pues exige los principios de contradicción e inmediación “no sólo cómo se llevó a cabo y si los agentes encargados de su práctica observaron las directrices judiciales y de los respectivos letrados de la administración de justicia, sino si en el momento de llevarse a cabo, los datos de cargo contra cualquiera de los entonces investigados eran racionalmente bastantes para acordar su práctica”.

El tribunal hace suyo el pronunciamiento de la Sección Tercera cuando al resolver los recursos de apelación mantuvo la personación de Podemos, reconociendo un cierto interés legítimo y porque habían prestado una importante fianza.

TESTIGOS
El auto también resuelve sobre la pertinencia o no de la práctica de las pruebas propuestas al inicio del juicio oral por las acusaciones y las defensas, tanto testificales como documentales y periciales.

En concreto, respecto a la prueba solicitada por Villarejo, la Sala rechaza los testimonios que no guarden relación ni directa ni indirectamente con los acontecimientos específicos de las tres piezas que se van a enjuiciar. Así, se descarta las testificales de magistrados o fiscales, miembros actuales o anteriores del Gobierno “por carecer todos ellos de cualquier relación con los hechos que enjuiciamos”. Igualmente sucede con los profesionales de los medios de comunicación, periodistas, secretario de Estado de Estado y exsecretario de Estado de Interior.

Tampoco se admiten las testificales solicitadas por Villarejo de personas que se encuentran investigadas en otras piezas del denominado ‘caso Tándem’ y cuya investigación continúa en el Juzgado Central de Instrucción 6.

En cambio, la Sala sí admite los testimonios solicitados por Villarejo de una decena de agentes y mandos de Policía, Guardia Civil y CNI, entre ellos los que fueran directores generales Operativos de la Policía Agustín Linares, Pedro Díaz-Pindado y Florentino Villabona, el director del Centro contra el Terrorismo y Crimen Organizado José Luis Olivera o el comisario jefe de la Unidad de Asuntos Internos Francisco Javier Migueláñez.

Respecto a la prueba documental, la Sala destaca que no puede admitir la cita indiscriminada de folios o actuaciones incorporados a las piezas objeto de enjuiciamiento, así como a otras aún pendientes de remisión o que se hallan en fase de investigación, con la pretensión de servir de respaldo a los argumentos tanto inculpatorios como exculpatorios.
“Por esta misma razón tampoco se acoge la reclamación indiscriminada de testimonio de otras actuaciones seguidas ante otros órganos jurisdiccionales, así como de la totalidad de las diferentes piezas que dimanan del tronco de las diligencias previas 97/2017 del Juzgado central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional”, aclara.

Sólo se formará convicción probatoria, insiste la Audiencia, a partir de documentos en sentido estricto y demás piezas de convicción referidas al enjuiciamiento de los concretos hechos objeto de las piezas 2 (Iron), 3 (Land) y 6 (Pintor). “Por ello, se rechazan las citas genéricas o la reclamación para su unión a las actuaciones de actos procesales documentados que se hayan generado en otros procedimientos con distinto objeto procesal y tramitados por distintos órganos jurisdiccionales, por haber sido ya resueltos, así como los procedentes de las otras piezas separadas, con las excepciones que se dirán, en aras a evitar un sojuzgamiento de sus respectivos contenidos, lo que pondría en tela de juicio, no sólo la seguridad jurídica, sino la imparcialidad del Tribunal”, concluye.

(SERVIMEDIA)
10 Dic 2021
SGR/nbc/mjg