El Defensor del Pueblo ampara fotografiar a policías en las manifestaciones

- Censura que se quite el móvil a un ciudadano al primar el secreto de las comunicaciones sobre la seguridad

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo ampara que se fotografíe a los agentes de la Policía en las manifestaciones al entender que, en la mayoría de los casos, el derecho al secreto de las comunicaciones está por encima del mantenimiento de la seguridad ciudadana.

Así consta en el Informe Anual 2011 que el Defensor del Pueblo, María Luis Cava de Llano, ha hecho público este miércoles tras entregar una copia al presidente del Congreso de los Diputados, Jesús Posada.

La queja de un ciudadano al que la Policía le arrebató el teléfono móvil después de fotografiar a dos agentes en una manifestación ha provocado que el Defensor del Pueblo establezca ahora que el secreto de las comunicaciones está por encima de otros derechos "incluso en aquellos casos de fotografías captadas por particulares y no por medios de comunicación".

Sólo ampara que la Policía pueda secuestrar el teléfono móvil de un ciudadano en el caso de que previamente realice fotografías "que pudieran ser utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la seguridad de las personalidades asistentes".

La Dirección General de la Policía argumentaba que "cualquier ciudadano que realice fotografías con una cámara o móvil, en un lugar público, a una autoridad o persona con notoriedad o que tenga la condición de cargo público puede ser requerido por las Fuerzas de Seguridad para entregar sus dispositivos al objeto de que sean visionadas".

La Policía aducía que tiene derecho a hacerlo "sin contar con autorización judicial". Sin embargo, el Defensor del Pueblo considera que así se "invade de forma desproporcionada" el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones y exige que ese tipo de actuaciones se realicen "en lo sucesivo" por la Policía respetando "escrupulosamente la necesidad de contar con la previa y preceptiva resolución judicial que autorice la limitación del derecho fundamental de las comunicaciones y siempre que existan indicios suficientes de la posible comisión de un hecho delictivo".

(SERVIMEDIA)
28 Mar 2012
PAI/gja