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Mascarillas

El BOE publica la obligatoriedad del uso de mascarilla en exteriores a partir de mañana

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó pasadas las 16 horas de este jueves el Real Decreto Ley aprobado por el Consejo de Ministros extraordinario de este miércoles por el que se establece el uso obligatorio de mascarilla en exteriores por todas las personas mayores de seis años.

El Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 entra en vigor mañana.

En él, según recoge Servimedia, se establece que las personas de “seis años en adelante” quedan obligadas al uso de mascarilla en “cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público”; “en cualquier espacio al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público”, y “en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio”.

La norma señala que “en el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarilla cuando se encuentren dentro de su camarote”.

El real decreto contempla que la mascarilla “no será exigible” a “las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien, presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”; o en el “caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias”.

También se exceptúa la obligatoriedad en “aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con discapacidad, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa y de la dosis de recuerdo, acreditado por la autoridad sanitaria competente”.

Respecto a esta “última excepción”, la norma dice que “no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional, ya que en este caso sí es obligatorio el uso de mascarilla”.

(SERVIMEDIA)
23 Dic 2021
MML/clc