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Un año y medio de cárcel para los policías del ‘Faisán’ por revelación de secretos

- El tribunal no les condena por colaboración con ETA

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha condenado a sendas penas de un año y medio de cárcel al antiguo jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector José María Ballesteros por un delito de revelación de secretos como autores materiales de la delación que, el 4 de mayo de 2006, alertó a ETA en el bar ' Faisán ' de Irún (Guipúzcoa) de la operación que se iba a llevar a cabo contra su aparato de extorsión.

El tribunal, la Sección Tercera de la Penal de la Audiencia Nacional, ha decidido finalmente no condenar a Pamies y Ballesteros por el delito de colaboración con organización terrorista por el que estaban acusados. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Díaz Delgado, señala que “no estamos ante una acción directa de los acusados para favorecer una actuación puntual de ETA o la actividad de la banda”.

Los magistrados, presididos por Alfonso Guevara, han concluido que el ‘chivatazo’ “iba encaminado en un sentido distinto” y que el objetivo de Pamies y Ballesteros era “que no se pudiera entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA”.

Fue el fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, el que obligó a Fiscalía de la Audiencia Nacional a atribuir a Pamies y Ballesteros un delito de colaboración con organización terrorista.

Aunque la pena de un año y medio de cárcel supone que los condenados no deberán ingresar en prisión, si que significa que serán expulsados de la Policía Nacional si la sentencia es confirmada por el Tribunal Supremo. Además de la pena de cárcel, los dos policías han sido condenados a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

DIÁLOGO CON ETA

El tribunal, formado por Alfonso Guevara, Guillermo Ruíz Polanco y Antonio Díaz Delgado, contextualiza el ‘chivatazo’ y señala que el 17 de mayo de 2005, “el Congreso de los Diputados en España aprobaba por 192 votos a favor (PSOE, CiU, ERC, PNV, IU-ICV, CC y Grupo Mixto y 147 en contra (PP) que el Gobierno dialogara con ETA siempre que ésta deje plenamente las armas”, una iniciativa que fue respaldada por el Parlamento Europeo.

Los magistrados señala que, gracias a las escuchas, vigilancias y seguimientos realizados en el marco de la investigación contra el aparato de extorsión de ETA, la Policía pudo saber en la tarde del 3 de mayo de 2006 se iban a reunir en una sidrería de Oiartzun (Guipúzcoa) el dueño del bar ‘Faisán’ y supuesto enlace de ETA, Joseba Elosua, el fallecido dirigente del PNV Gorka Agirre y el presunto etarra Ramón Sagarzazu. Los datos obtenidos gracias a la baliza colocada en el coche de Elosua determinaron que en los siguientes días se iba a producir en el bar ‘Faisán’ la entrega a ETA de nuevo millones de pesetas –“nueve botellas de vino”, había dicho el dueño del establecimiento- procedentes de la extorsión a empresarios. En concreto, iba a ser el etarra José Antonio Cau Aldanur, miembro del aparato de extorsión, el que iba a bajar desde Francia a Irún para recoger el dinero.

El comisario José Cabanillas, jefe de la Unidad Central de Inteligencia de la Comisaría General de Información, activó el dispositivo policial y se coordinó una operación conjunta con las autoridades francesas para detener a Aldanur cuando llegase al ‘Faisán’ y para que se desmantelase de forma paralela la estructura del aparato de extorsión en Francia. Los equipos policiales se desplegaron en la madrugada del 4 de mayo.

PARALIZAR LA OPERACIÓN

La sentencia asegura que Pamies tuvo conocimiento el mismo 3 de mayo de que al día siguiente se iba a desarrollar la operación y se iba a detener a Elosua, Agirre y Cau Aldanur.

El entonces jefe superior de Policía del País Vasco decidió buscar “una persona que no perteneciera a la plantilla del Cuerpo Nacional de Policía de San Sebastian para ponerle en contacto con Elosua y poder lograr que no pudiera ser reconocida por los integrantes de ésta”. El objetivo era que la persona designada “entrara en el bar ‘Faisán’ esa mañana del 4 de mayo de 2006 y, por su mediación, le permitiera avisar a Elosua de que Cau Aldanur no acudiera a España, para evitar la detención de ambos”.

La persona elegida por Pamies fue el inspector Ballesteros, quien estaba destinado en la Brigada de Información de Vitoria y no tenía relación con los investigadores sobre ETA, ya que estaba especializado en terrorismo yihadista.

La sentencia establece que Ballesteros aceptó el encargado siendo consciente “de los propósitos” de Pamies.

‘CHIVATAZO’ A ELOSUA

Ballesteros, según explica el tribunal, se dirigió en la mañana del 4 de mayo a Irún, donde se dirigió primero al domicilio de Elosua. El inspector “no conocía la zona” y llegó a abordar a la mujer de Elosua, Avelina Llanos, a la que no conocía, para preguntar por la dirección del edificio.

El policía no pudo hablar con Elosua en ese lugar ya que el dueño del bar ‘Faisán’ abandonó el edificio en coche.

Los magistrados subrayan gracias a los datos obtenidos de los repetidores de la zona que Ballesteros, tras fracasar en su intento, realizó desde su móvil una llamada a Pamies las 11:04 hora. El jefe superior de Policía le indicó que debía desplazarse al bar ‘Faisán’.

La resolución indica que Ballesteros llegó a las inmediaciones del establecimiento fronterizo “a las 11:08:44”. El inspector entró en el ‘Faisán’ y pidió un café. Tuvo que esperar dos minutos hasta que Elosua llegó por fin a su bar.

“Ballesteros preguntó a Elosua por el propio Elosua, a lo que éste le contestó que si el padre o el hijo; en este momento, una vez identificada la persona, el acusado le extendió un terminal telefónico”, señalan los magistrados.

Al otro lado del hilo telefónico se encontraba Pamies, con el que mantuvo una conversación de 8 minutos y 11 segundos, entre las 11.23 y las 11.30 horas.

El tribunal llega a la conclusión de que en la llamada “Pamies le dio a Elosua datos y detalles de la operación policial en marcha para detener el aparato de extorsión de ETA”.

El jefe superior de policía, en concreto, le dijo al presunto enlace del aparato de extorsión que sus teléfonos estaban pinchados y que la policía sabía que Cau Aldanur iba a cruzar la frontera para recoger el dinero de los empresarios extorsionados. “No fastidiar el proceso” o “aquí hay gente que quiere que esto se rompa” fueron algunas de las frases que Pamies dedicó a Elosua.

Una vez finalizada la conversación, Ballesteros abandonó el bar sobre las 11:44 horas, momento en el que volvió a llamar a Pamies.

OPERACIÓN DESBARATADA

Los magistrados aseguran que una vez recibido el aviso de Pamies, Elousa, tras pasar por un garaje cercano al bar, intentó contactar por teléfono sin éxito con Cau Aldanur.

Finalmente se dirigió en coche junto a su yerno, Carmelo Luquín, a Francia, donde consiguió contactar en Bayona con el etarra y alertarle de la operación policial que se iba a llevar a cabo. Los operativos policiales en Francia y España tuvieron que ser levantados sin haber realizado una sola detención.

PRUEBAS DEL TRIBUNAL

Una de las claves de la condena, según señala la sentencia, fue el reconocimiento por parte de Ballesteros de que estuvo en el bar ‘Faisán’ en la mañana del 4 de mayo. Los magistrados hilan este dato con el reconocimiento por parte de la defensa de Pamies de que el jefe superior de Policía en el País Vasco y el inspector hablaron telefónicamente a las 11.23 hora “momento puntual en que se produjo la llamada a Elosua advirtiéndole del dispositivo policial para detener al aparato de extorsión de ETA”. Otra de las pruebas fundamentales ha sido la baliza instalada en el coche de Elosua, que recogió la conversación entre el dueño del bar ‘Faisán’ y su yerno cuando se dirigían a Francia tras recibir el ‘chivatazo’. Elosua dio cuenta a Luquín en ese trayecto del contenido de la llamada telefónica en la que se le había alertado de la operación antiterrorista.

El tribunal también ha tenido en cuenta los análisis del tráfico de llamadas de los teléfonos de Pamies y Ballesteros así como el testimonio prestado por los integrantes de la familia Elosua y por diferentes mandos policiales de España y Francia.

Los magistrados también descartan una por una las teorías alternativas aportadas por las defensas de los acusados, como la que aseguraba que el ‘chivatazo’ se produjo a través de un teléfono móvil. Para la Sección Tercera tampoco “tiene mayor significación” el hecho de que en la zona del ‘Faisán’ “existía cobertura de redes de telefonía móvil francesa”.

GRAVE DAÑO A LA POLICÍA

La finalidad de Pamies y Ballesteros a la hora de dar el ‘chivatazo’ a Elosua fue “totalmente distinta al favorecimiento de la actividad de ETA”. Lo que querían, según el tribunal, era “favorecer el proceso dirigido a hacer cesar la actividad de una organización armada”.

“Ahora bien, lo que sí consiguieron los acusados fue evitar una operación de otros miembros del Cuerpo Nacional, revelando unos datos de los que tenían conocimiento por razón de su cargo, y que por su naturaleza debían mantener el sigilo”, relata la sentencia.

Los magistrados de la Sección Tercera subrayan en este sentido que “el obstaculizar y entorpecer una investigación policial en marcha conlleva la consiguiente pérdida de credibilidad de las instituciones públicas”. La acción de Pamies y Ballesteros “causó un grave daño a la causa pública”.

La sentencia no hace ninguna referencia al ex director general de la Policía Víctor García Hidalgo, quien estuvo imputado en la causa pero que finalmente no fue procesado.

(SERVIMEDIA)
16 Oct 2013
DCD