El Tribunal de la UE declara ilegal el enlace a webs con contenido no autorizado

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea hizo pública este jueves una sentencia en la que establece que “facilitar enlaces sobre los que se puede pulsar y que conducen a obras protegidas constituye un acto de comunicación”, es decir, de puesta a disposición del público de una obra de tal forma que éste pueda acceder a ella, aunque no haga uso de esta posibilidad.

En respuesta a una petición de decisión prejudicial planteada por un tribunal sueco, el tribunal europeo afirma que hay comunicación pública, y es ilícita, si se rompen medidas de protección, la obra no ha sido puesta a disposición autorizadamente o lo fue solo para un público determinado.

El fallo recuerda, no obstante, que la comunicación debe estar dirigida a un público nuevo, es decir, un público que no haya sido tomado en consideración por los titulares de los derechos de autor cuando autorizaron la comunicación inicial. Y subraya que si el público de los enlaces no ha sido tenido en cuenta por el titular de los derechos de la obra, como sucede con los de las páginas de descargas, streaming o redes P2P que dirigen a contenidos pirateados, existe claramente comunicación a un público nuevo.

"La sentencia no solo deja claro que la comunicación pública existe sino que además es ilícita, por la falta de autorización del titular, cuando una obra no ha sido puesta a disposición del público con autorización; la puesta a disposición autorizada se dirige exclusivamente a un público determinado y limitado (caso del vídeo bajo demanda o VOD); o si para posibilitar el acceso a la obra se han eludido medidas de protección tecnológica o TPM", señala la Coalición de Creadores española en un comunicado.

Esta organización antipiratería de la industria cultural considera "muy importante que se haya confirmado lo que las industrias de contenidos denuncian desde hace mucho tiempo y que podría suponer un avance determinante en la lucha contra la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en internet".

Su directora, Carlota Navarrete, señala: “Confiamos en que esta resolución del alto tribunal europeo sirva para desterrar definitivamente las dudas sobre las páginas de enlaces y podamos ver que el proyecto de reforma de la ley de propiedad intelectual que en estos días será aprobado por el Consejo de Ministros y enviado al Parlamento plantea soluciones reales para proteger con eficacia la propiedad intelectual en Internet, y en este sentido se reconozca que enlazar a sitios no autorizados es ilegal ”.

(SERVIMEDIA)
13 Feb 2014
JRN/caa