Hacienda ha recibido ya unas 200.000 solicitudes para cobrar las nuevas ayudas fiscales

- Van destinadas a familias numerosas y personas con discapacidad

MADRID
SERVIMEDIA

La Agencia Tributaria ha recibido ya unas 200.000 solicitudes para cobrar de forma anticipada las nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que incorpora la reforma fiscal para el apoyo a familias numerosas o con descendientes o ascendientes con discapacidad.

Así lo indicó este martes el secretario de Estado de Hacienda, Migue Ferre, en declaraciones a los periodistas tras intervenir en una jornada organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y Deloitte, donde abordó el Régimen Fiscal Especial (RFE) de Canarias.

Ferre recordó que el “potencial máximo” de personas posibles beneficiarias es de 750.000, de las que 500.000 son familias numerosas y 250.000 aquellas con un hijo o un mayor con discapacidad a su cargo.

Estas tres nuevas deducciones se pueden percibir mediante la modalidad de pago anticipado o en el momento de su inclusión en la declaración anual de IRPF del 2015, a presentar en 2016.

La solicitud del pago anticipado se puede realizar de manera colectiva o individual mediante la presentación del modelo 143, por cada una de las deducciones, acumulables entre sí, a las que los beneficiarios tengan derecho.

Se trata de 100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad y 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial.

Estas deducciones, que podrán alcanzar los 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y los 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial, se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.

Los requisitos son dos: por un lado, realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa, y por otro, tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre formando parte de una familia numerosa.

El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y mutualidades devengadas en cada período impositivo.

Si se tiene derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

(SERVIMEDIA)
24 Feb 2015
BPP/isp