El Congreso convalida hoy el adelanto de la rebaja del IRPF

- El real decreto incluye la bajada de la luz y ayudas sociales exentas

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados celebra este miércoles el debate de convalidación o derogación del real decreto de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y otras iniciativas de carácter económico.

La norma, que será convalidada por la mayoría del PP en la Cámara, recoge el adelanto a este mes de julio de la rebaja del IRPF que estaba prevista para enero de 2016, y que se aplicará técnicamente mediante una nueva y única tarifa que, con carácter transitorio, tendrá efectos desde enero hasta diciembre de 2015.

En concreto, este 2015 la tarifa general para las rentas de hasta 12.450 euros queda en el 19,5%, en el 24,5% para las que se sitúan entre esa cuantía y 20.200 euros, en el 30,5% en las que no superen 34.000 euros, en el 38% hasta 60.000 euros y en el 46% a partir de esa cifra.

Por su parte, en la tarifa del ahorro, para una base imponible de hasta 6.000 euros quedará de forma transitoria en 2015 en el 19,5%, entre esa cantidad y los 50.000 euros queda en el 21,5%, y en adelante se fija en el 23,5%, según recoge la norma, que entró en vigor el pasado domingo.

El real decreto recoge también la extensión del tipo de retención del 15% para todos los profesionales autónomos, y no sólo para los que tenían ingresos inferiores a 15.000 euros anuales, que empezará a aplicarse desde el domingo pasado. De esta medida se beneficiarán casi 800.000 autónomos, que verán incrementada su liquidez en lo que queda de año en 263 de media.

Por otra parte, se declaran exentas las ayudas públicas a víctimas de violencia de género, las ayudas públicas para cubrir necesidades básicas hasta 1,5 veces el indicador de rentas Iprem y las destinadas a la adaptación de antena de edificaciones.

La nueva tarifa del IRPF sustituye a la que entró en vigor este año, con la rebaja aprobada para 2015 y, además, contiene los efectos de la rebaja adicional inicialmente planteada para 2016 y que también dejará notar sus efectos en el segundo semestre del ejercicio. El adelanto tiene un impacto económico en los bolsillos de los ciudadanos de unos 1.500 millones de euros.

De esta manera, y tras la tarifa transitoria, a partir de enero de 2016 el tipo mínimo en el IRPF se situará en el 19% y el máximo en el 45%, como se establecía en la segunda fase de la reforma fiscal.

La primera fase de esta reforma, que entró en vigor el 1 de enero de este año, supuso reducir el tipo aplicable a las rentas de hasta 12.450 euros en el 20%, en el 25% para las que se sitúan entre esa cuantía y 20.200 euros, en el 31% en las que no superen 35.200 euros, en el 39% hasta 60.000 euros y en el 47% a partir de esa cifra.

Por su parte, el segundo tramo de la reforma, previsto inicialmente para el próximo 1 de enero pero que tendrá efecto desde el 1 de julio pasado, reduce el tipo aplicado a estos tramos al 19%, 24%, 30%, 37% y 45%, respectivamente.

Asimismo, la reforma aprobada en 2014 preveía también para el próximo ejercicio establecer en 12.000 euros el mínimo exento, algo que se aplicará también desde el pasado 1 de julio.

PROTECCIÓN A COLECTIVOS VULNERABLES

Respecto a las ayudas sociales exentas, no tendrán que tributar las ayudas públicas concedidas por las comunidades autónomas y las entidades locales para atender a ciudadanos en situación de emergencia, riesgo de exclusión social o para atender necesidades de alimentación o escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando carezcan de medios económicos suficientes, así como las ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y a víctimas de violencia de género.

Además, se limita la posibilidad de embargo de determinadas prestaciones y ayudas concedidas por las Administraciones Públicas mediante la aplicación de las reglas que ya rigen en la actualidad en la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los embargos del salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente.

BAJADA DE LA LUZ

Por otra parte, el decreto-ley incluye una revisión de los precios que soportan los consumidores en concepto de pagos por capacidad, ajustando los valores unitarios, y que supone una reducción de la cantidad que pagan actualmente en términos anuales, contribuyendo por tanto “a la disminución de la factura eléctrica que se mantendrá desde su entrada en vigor”.

No obstante, para 2015 para efectuar una reducción equivalente de la cuantía total en concepto de pagos por capacidad debe tenerse en cuenta que los valores unitarios aplican solo en los meses que restan de año (agosto-diciembre), lo que se traduce en una disminución media de la factura anual de los precios de los consumidores en estos meses superior a lo que representaría en cómputo anual.

El Ejecutivo explica que por criterios de prudencia y hasta ver el comportamiento real de la demanda, cuya recuperación se viene constatando, hasta el momento se ha mantenido la cantidad que pagan los consumidores por este concepto, existiendo un exceso de recaudación en esta partida para el año 2015.

Igualmente, señala que “la medida debe adoptarse con la máxima antelación posible para evitar saltos bruscos en la repercusión que estos cambios de precios podrían suponer para los consumidores en caso de retrasarse su aprobación, lo que rompería la estabilidad de precios actual”.

Según avanzó Industria, los consumidores percibirán una rebaja de la factura de la luz del 2,1% de media entre agosto y diciembre (un 2,2% en el caso de consumidores domésticos) debido a una disminución en los costes de las actividades reguladas del sistema eléctrico del entorno de un 4%.

AUTOCONSUMO Y CARBÓN

En cuanto al autoconsumo, señala que “de forma excepcional y siempre que se garantice la seguridad y la sostenibilidad económica y financiera del sistema, con las condiciones que el Gobierno regule, se podrán establecer reducciones de peajes, cargos y costes para determinadas categorías de consumidores de baja tensión de la modalidad de suministro con autoconsumo". En todo caso, tanto la potencia máxima contratada de consumo como la instalada de generación no serán superiores a 10 kilovatios (kW).

Por último, el real decreto-ley da luz verde al adelanto de las medidas excepcionales de prejubilación anticipada de carácter voluntario a favor de los trabajadores del sector de la minería del carbón. Se facilita con carácter excepcional el acceso a las ayudas sociales por costes laborales mediante bajas indemnizadas de carácter voluntario, a aquellos trabajadores incorporados a las plantillas de las empresas privadas de la minería de carbón no competitiva en fecha anterior a 1 de enero de 2015 y posterior a 31 de diciembre de 2011.

(SERVIMEDIA)
15 Jul 2015
BPP/SMV/caa