Competencia multa con 65.655 euros al Colegio de Gestores Administrativos de Madrid por tarifas abusivas

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 65.655 euros al Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (Icogam) por “discriminar a las sociedades profesionales de nueva creación perjudicando su acceso al mercado y la necesaria competencia”.

Según explicó este martes la Comisión en un comunicado, en marzo de 2010 la Junta General Ordinaria del Icogam acordó elevar la cuota de inscripción en el colegio para las sociedades profesionales multiplicando prácticamente por seis la cantidad requerida hasta entonces, que pasó de 150 euros a 1.000 euros. Además, se discrimina a las sociedades profesionales respecto a los colegiados individuales, que pagan 250 euros por su inscripción.

Desde Competencia recordaron que otros colegios de gestores administrativos en España exigen cuotas de inscripción inferiores a las de Madrid o han decidido su supresión.

Además, apuntaron que la normativa española prohíbe que las cuotas de inscripción en colegios profesionales superen los costes asociados a la tramitación.

Según la CNMC, el Icogam no ha sido capaz de justificar ni la relación de los costes de tramitación con la cuota de inscripción exigida ni las razones que motivaron el incremento de la cuota en 2010 en casi un 600%.

La Comisión también considera que el procedimiento que aplica el Icogam “dificulta” el acceso al mercado de los nuevos competidores con forma societaria al retrasar la inscripción en el colegio para las sociedades profesionales hasta cuatro meses, mientras que la tramitación para los colegiados individuales es de uno o dos días.

En definitiva, el supervisor apunta que “las dificultades en precio y tiempo impuestas por el Icogam desde 2010 suponen una barrera de entrada que discrimina a las nuevas sociedades profesionales y obstaculiza la competencia en el mercado.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Cualquier persona o empresa que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en esta resolución puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.

El Icogam extiende su actuación a las provincias de Madrid, Ávila, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Segovia.

(SERVIMEDIA)
14 Jun 2016
BPP/caa