El Gobierno mantiene limitados los instrumentos de financiación a las CCAA acogidas a mecanismos de liquidez
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El Gobierno mantiene la limitación de los instrumentos de financiación que pueden emplear las comunidades autónomas y entidades locales que se beneficien de los mecanismos de liquidez puestos en marcha por el Estado.
Así consta en una resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera publicada este sábado en el Boletín Oficial de Estado (BOE), por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas y entidades locales acogidos a los fondos de financiación.
En la resolución, que sustituye a una de julio de 2015, se recoge que las comunidades y las entidades locales “sólo podrán concertar operaciones de endeudamiento y de derivados financieros en los términos” que recoge el texto, sin perjuicio de las operaciones de endeudamiento concertadas con organismos multilaterales de financiación que quedarán exclusivamente sujetas al cumplimiento de la condición de coste máximo.
De esta manera, los entes territoriales podrán realizar operaciones de endeudamiento a través de, entre otros, instrumentos como certificados de deuda bajo ley alemana (Schuldschein), valores a largo plazo emitidos mediante emisión pública o privada en mercados mayoristas o dirigidos al segmento minorista, instrumentos de financiación a corto plazo, préstamos a largo plazo y arrendamientos financieros.
Por su parte, el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementado un determinado diferencial.
La resolución también recoge obligaciones de información, y se apunta que las comunidades autónomas y entidades locales tienen la obligación de comunicar las condiciones finales de todas las operaciones de endeudamiento y de derivados realizadas y de la cartera global de deuda.
(SERVIMEDIA)
17 Sep 2016
BPP/gja