La anulación de las liquidaciones por IVA no afectará a los autónomos
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La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) aclaró este miércoles que la reciente sentencia del Tribunal Económico Administrativo por la que se anulan determinadas liquidaciones realizadas por la Agencia Tributaria no afecta en ningún caso al sistema de declaración del IVA por parte de autónomos y empresas.
Ante algunas informaciones publicadas y reacciones de diversas organizaciones, UPTA quiso explicar, así, que los autónomos no se verán afectados por esta sentencia que anula determinadas liquidaciones de la Agencia Tributaria, por haberse realizado en base a comprobaciones anuales y no trimestrales.
Según indicó esta organización, las declaraciones siguen teniendo carácter trimestral o mensual, según el sistema elegido. El devengo del pago del IVA corresponde a la fecha de emisión de la factura y su exigibilidad al trimestre inmediatamente siguiente. La liquidación anual tan solo tiene carácter de recapitulación informativa, razón por la cual el Tribunal considera que no tiene carácter formal a efectos de acciones por parte de la Administración Tributaria.
Cuestión también independiente es el debate abierto en el ámbito parlamentario con el fin de modificar la fecha de devengo y que este corresponda a la fecha de cobro efectivo, y no de emisión de la factura. "Un tema pendiente sobre el que el Ministerio de Economía y Hacienda no se ha definido todavía", explicó el secretario general de UPTA, Sebastián Reyna.
(SERVIMEDIA)
01 Sep 2010
CCB/man