Energía

El Abogado General de la UE respalda a Naturgy y EDP frente a la Comisión Europea en la investigación por las ayudas al carbón

MADRID
SERVIMEDIA

El Abogado General de la Unión Europea Sr. Pitruzzella propone al Tribunal de Justicia de la UE que, en su futura sentencia, estime el recurso de Naturgy y EDP en contra de la decisión de la Comisión Europea de incoar una investigación formal con la que concluyó que los incentivos medioambientales para las centrales de carbón eran ayudas estatales.

En sus conclusiones dadas a conocer este jueves, el Abogado General pide que se anule la sentencia recurrida por parte de Naturgy y EDP y la decisión de Bruselas de llevar a cabo una investigación con la que consideró los incentivos como ayudas estatales. Bruselas adoptó esta decisión en noviembre de 2017 y entonces concluyó preliminarmente que los incentivos constituían ayudas estatales y podrían “otorgar una ventaja selectiva a sus beneficiarios” y “falsear la competencia en el mercado de la electricidad y afectar al comercio entre Estados miembros”.

Naturgy y EDP interpusieron recurso de anulación contra la decisión ante el Tribunal General y éste lo desestimó. Posteriormente, recurrieron la decisión del Tribunal General por considerar que se basa en una interpretación y aplicación erróneas de la obligación de motivación en relación con el concepto de selectividad, que es uno de los criterios generales en virtud de los cuales una ayuda puede considerarse compatible o no con el mercado interior.

El Abogado General considera que el Tribunal General juzgó equivocadamente que la decisión de Bruselas estaba suficientemente motivada y destaca que la Comisión debe exponer ya en la decisión de incoación todos los razonamientos y fundamentos jurídicos en virtud de los cuales estima que la medida es incompatible con el mercado interior, y “no puede diferir el análisis a un momento posterior”.

Por estas razones, la decisión de incoación “reviste ya un significado autónomo y puede tener efectos concretos y significativos en los intereses económicos de las partes”. En esta línea, explica que la incoación de un procedimiento de investigación formal sobre ayudas estatales obliga a suspender el pago de las mismas y faculta a los jueces nacionales a adoptar las medidas necesarias para extraer consecuencias del incumplimiento de la obligación de suspensión de la medida controvertida.

A juicio el Abogado General, la Comisión habría podido, “e incluso debido”, efectuar un análisis de la comparabilidad entre las diversas empresas del sector.

Así, concluye que la Comisión está obligada a llevar a cabo un examen preliminar que justifique la decisión de incoar el procedimiento de investigación formal. Ese análisis preliminar “ha de ser completo, a la luz de los datos y elementos conocidos, de modo que las partes puedan conocer todos los fundamentos jurídicos”.

(SERVIMEDIA)
13 Jul 2023
MMR/gja