Tribunales

Absuelven a un exalto cargo de la Junta de Andalucía y a un empresario por ayudas de los ERE a Instaladora Moderna de Electricidad

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera en una pieza separada del caso ERE por las ayudas a la empresa Instaladora Moderna de Electricidad S.L., pues considera que “no consta suficientemente acreditado” que el investigado “fuera conocedor de las irregularidades procedimentales en la concesión de las ayudas”.

La sentencia señala, además, que Rivera “inició en noviembre de 2010 un procedimiento de investigación interna y posteriormente de revisión de oficio de los expedientes administrativos de concesión de ayudas a fin de restablecer el orden infringido”.

En la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo y que ha sido notificada hoy jueves a las partes personadas en este procedimiento, el tribunal absuelve tanto al ex alto cargo de la Junta de Andalucía acusado como al representante legal de la empresa, José Manuel P.S., de los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en documento oficial por los que fueron enjuiciados.

En el juicio, la Fiscalía Anticorrupción solicitó para Daniel Alberto Rivera, como autor de un delito de prevaricación y un delito de falsedad en documento oficial en concurso medial con un delito de malversación, la imposición de una pena de tres años y tres meses de cárcel, dos años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y el pago de una multa de 1.800 euros.

Asimismo, acusó al representante legal de la empresa de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación y pidió para él cuatro años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el primer delito y tres años y tres meses de prisión y siete años de inhabilitación absoluta por el delito de malversación.

Frente a ello, el tribunal absuelve a Daniel Alberto Rivera al entender que “las irregularidades en la concesión y tramitación tanto del ERE como de la ayuda sociolaboral de carácter excepcional no pueden ser reprochadas al acusado toda vez que no participó en ellas de ningún modo, solo asumió su concesión para realizar un pago”, señalando que “en ello basan las acusaciones la comisión de los delitos imputados al considerar que era conocedor de las irregularidades del procedimiento de concesión en el momento de emitir la orden de pago”.

Respecto al empresario acusado, la Audiencia Provincial también lo absuelve porque “no consta suficientemente acreditado que conociera los pormenores e irregularidades en la concesión y abono de las ayudas que recibió”, de forma que “su intervención se limitó a presentar la solicitud de ayudas y en la aportación de la documentación requerida, eso sí, de manera incompleta”.

Además, “no colaboró de manera directa o indirecta en la disposición de los fondos públicos ni propició de algún modo el dictado de las resoluciones de concesión, ni debía conocer la legalidad o no en la actuación de la administración”.

(SERVIMEDIA)
12 Mar 2026
SGR/gja