Vivienda
La Agencia Negociadora del Alquiler advierte de “inseguridad jurídica” por el decreto de vivienda
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La Agencia Negociadora del Alquiler advirtió este miércoles de que las recientes medidas aprobadas en el real decreto-ley sobre vivienda que aún debe debatirse en el Congreso de los Diputados generan “inseguridad jurídica” y “evidencian una preocupante improvisación normativa”.
En un comunicado, la agencia alertó de que esta situación podría desincentivar el alquiler como opción de inversión y provocar la retirada de viviendas del mercado para destinarlas a la venta. Asimismo, señaló que arrendadores e inversores podrían optar por alternativas “más seguras” para rentabilizar sus ahorros.
Según la agencia, las consecuencias de este escenario serían “previsibles”, con una reducción de la oferta de vivienda en alquiler que encarecería los precios y se endurecerían las condiciones de acceso.
La Agencia Negociadora del Alquiler también expuso diversas dudas interpretativas sobre el alcance de las nuevas disposiciones. Entre ellas, destacó que los contratos de alquiler que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 tendrán derecho, en principio, a una prórroga obligatoria de dos años y si se procediera a ello y el decreto no resultara finalmente convalidado en el Congreso, las prórrogas dejarían de tener efecto.
Asimismo, precisó que esta prórroga y el límite del 2% en la actualización de rentas no se aplican a los contratos en situación de tácita reconducción o renovación automática, regidos por el Código Civil. También planteó interrogantes sobre la validez de acuerdos previos entre las partes, tanto en renovaciones como en resoluciones de contratos, cuando estos se hayan alcanzado antes de la entrada en vigor de la norma, pero su finalización estuviera dentro del plazo de vigencia del real decreto-ley.
Por otro lado, indicó que la prórroga no afectaría a los supuestos en los que el arrendador alegara una causa de necesidad, aunque sí se aplicaría, según la interpretación del texto, a contratos que finalicen tras una prórroga extraordinaria previa vinculada a situaciones de vulnerabilidad.
En relación con la actualización de rentas, la agencia explicó que el límite del 2% se mantiene con carácter general, si bien distingue entre grandes tenedores y pequeños propietarios. En el caso de estos últimos, apuntó que si las partes alcanzasen un nuevo acuerdo de actualización podrían superar ese porcentaje, pero siempre dentro de los límites legales vigentes -no superar el IPC-.
Finalmente, señaló que la prórroga extraordinaria de dos años solo será aplicable a los contratos vigentes en el momento de entrada en vigor de la norma y no a los que se celebren con posterioridad.
La agencia concluyó que la “incertidumbre” generada por estos cambios normativos podría afectar negativamente al mercado del alquiler en los próximos meses.
(SERVIMEDIA)
25 Mar 2026
MMR/clc


