Fiscal
La Agencia Tributaria habilitará desde el miércoles el ‘Plan Le Llamamos’ para la Renta telefónica
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La Agencia Tributaria habilitará el próximo miércoles la posibilidad de confeccionar la declaración de la Renta de 2025 por teléfono, a través del ‘Plan Le Llamamos’, para lo que será necesario pedir cita previa, que ya está disponible.
Los contribuyentes podrán cumplir con sus obligaciones por vía telefónica hasta el 30 de junio y podrán solicitar la cita hasta el 29 de junio.
Los interesados en presentar su declaración mediante el ‘Plan Le Llamamos’ podrán pedir cita a través de internet, con su NIF, NIE o DNI electrónico, Cl@ve, referencia o datos del DNI o el NIE. También podrán hacerlo a través de la aplicación de la Agencia Tributaria o de los teléfonos 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
Desde el pasado 8 de abril, cuando se inició la campaña de Renta, hasta el 6 de mayo, solo estaba disponible la modalidad de Renta Web y la opción de ‘Renta Directa’, una alternativa sencilla que este año amplió el número de beneficiarios potenciales. Esta posibilidad está habilitada para contribuyentes con préstamo hipotecario y derecho a la deducción estatal, nuevos declarantes y, en algunos supuestos, contribuyentes con deducciones autonómicas.
Las personas que quieran presentar su declaración de la Renta de forma presencial tendrán que esperar hasta el 1 de junio, cuando la Agencia Tributaria comenzará a atender en sus oficinas. Para ello, será necesario contar con cita previa y podrá solicitarse entre el 29 de mayo y el 29 de junio.
La Agencia Tributaria estima recibir este año 25.251.054 declaraciones dentro de la Campaña de la Renta 2025, con un incremento del 2,1% respecto al ejercicio anterior. Del total de declaraciones, el 62,2% serán a devolver, por un importe estimado de 13.271 millones de euros, un 3,26% menos.
Los contribuyentes con declaraciones a ingresar se situarán en esta Campaña en 7.709.632, un 10,3% más, según las estimaciones de Hacienda, por importe de 24.628 millones de euros, con un incremento del 18,4% respecto a la Campaña de 2024.
En cuanto a las previsiones de la Campaña de Patrimonio, se producirá un incremento de los ingresos del 15,4%, hasta los 2.143 millones de euros. El número de declaraciones caerá un 2,5%, hasta 220.797.
EXENTOS DE DECLARAR
Los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales están exentos de declarar. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador o cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En esos casos, el límite está en 15.876 euros.
Ambos límites también son válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con rendimientos íntegros como dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
También están exentos aquellos con rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de las letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o precio tasado. Asimismo, lo están las demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con límite conjunto de 1.000 euros.
Tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, como subvenciones o premios, con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración, como establece la normativa, al igual que los trabajadores por cuenta propia con alta en el Régimen de Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, de acuerdo con la normativa que aprueba el nuevo régimen de cotización de los autónomos.
(SERVIMEDIA)
02 Mayo 2026
NFA/mmr


