Vivienda

La ANA asegura que las prórrogas del alquiler no aceptadas por el arrendador carecen de efectos jurídicos

MADRID
SERVIMEDIA

El director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo, adviritió este jueves de que la no convalidación del Real Decreto-Ley 08/2026 por parte del Congreso de los Diputados hace que las solicitudes de prórroga de contratos que finalizan después del 28 de abril y que no hayan sido aceptadas por el arrendador carecen de efectos jurídicos.

"Lo relevante no es la fecha de la solicitud, sino la fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento. Si este se produce tras la no convalidación del Real Decreto-Ley, no resulta aplicable la prórroga, al haber quedado derogada la norma que la amparaba”, aseveró Zurdo, quien afirmó que admitir una interpretación distinta supondría "forzar el alcance" del artículo 86 de la Constitución Española, al atribuir al Gobierno una capacidad legislativa que corresponde en exclusiva a las Cortes Generales.

Asimismo, Zurdo explicó que si las solicitudes hubieran sido aceptadas expresa o tácitamente por los arrendadores, mantendrán plena eficacia jurídica a pesar de no haber sido convalidado el RDL, obligando al cumplimiento de la prórroga de dos años.

(SERVIMEDIA)
30 Abr 2026
ALC/gja/mmr