APROBADA LA NUEVA ORDENANZA DE PUBLICIDAD EXTERIOR DEL AYUNTAMIENTO CON LOS VOTOS EN CONTRA DE PSOE E IU
- Los "hombres-anuncio" centraron gran parte del debate, pese a haberse eliminado su prohibición de la norma
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Los "hombes-anuncio" centraron gran parte del debate en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de la nueva Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior, a pesar de que su prohibición fue eliminada del proyecto inicial por el Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón por las críticas que desató esta medida.
La nueva ordenanza fue aprobada hoy por el Pleno con los votos en contra de PSOE e IU, que no consiguieron sacar adelante sus enmiendas a la nueva norma.
Los representantes del PSOE, Pedro Santín, y de IU, Raquel López, criticaron la nueva ordenanza, hecha, a su juicio, a medida de las empresas concesionaras y no para proteger el paisaje urbano de Madrid.
Santín y López preguntaron a la delegada de Medio Ambiente, Ana Botella, si seguirán autorizando los "hombres-anuncio".
Botella indicó que su equipo de Gobierno sigue pensando que el trabajo de los "hombres-anuncio" "no es un trabajo digno". "Desgraciadamente va a seguir habiendo más 'hombres-anuncio'", afirmó, al tiempo que reprochó al responsable socialista que su grupo no está ahora en condiciones de hablar de mercado de trabajo y empleo.
La Ordenanza de Publicidad Exterior concreta los supuestos que no están sujetos a regulación por no considerarse actos publicitarios, como por ejemplo la información de actividades de ONG y vecinales, de propaganda electoral, difusión cultural, etcétera; y crea una Zona de Especial Protección para el centro histórico de la ciudad y los cascos históricos de los distritos periféricos.
Además, regula las condiciones de iluminación de los soportes publicitarios y el uso de soportes con nuevas tecnologías digitales; se ocupa de la protección del entorno y el patrimonio; proyecta una reducción de la densidad publicitaria en la coronación de edificios, paredes medianeras y solares urbanos sin uso colindante con vías rápidas, y regula la señalización e identificación de actividades y establecimientos.
La ordenanza hace referencia también a las lonas publicitarias en obras, de manera que una vez finalizado el periodo de autorización, no podrán volver a colocarse hasta pasados cinco años.
LUMINANCIA MÁXIMA
Por primera vez en España, se regula la luminancia máxima permitida, que será de 600 candelas (unidad de medición de la proyección lumínica de los soportes luminosos) por metro cuadrado. Se admite la instalación de muestras y banderines con iluminación interior que no supere este valor.
Todos los tipos de superficies publicitarias se reducirán para aminorar su impacto en el paisaje urbano de Madrid. Así, el tamaño de los que coronan los edificios se reducirá de los 90 metros cuadrados actuales a 70; en las paredes medianeras y ciegas sólo se podrá utilizar el 40% de la superficie, y en terrenos colindantes con vías rápidas también se reduce la superficie publicitaria.
Los soportes publicitarios, muestras y banderines autorizados antes de la publicación de la ordenanza podrán mantenerse en las mismas condiciones hasta que finalice el plazo de autorización, mientras que los que a la entrada en vigor de la norma no estén autorizados deberán adaptarse en el plazo de 12 meses.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 2009
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