APROBADA LA NUEVA PROTECCION SOCIAL DE LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL
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Los trabajadores a tiempo parcial quedarán equiparados, a partir de hoy, con el resto de los trabajadores a tiempo completo en lo que a protección social se refiere, de acuerdo con un Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros, según informó el Miniterio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Estas fuentes, que destacan que "se pone fin a la discriminación de este coletivo", añaden que esta medida beneficia a más de millón de trabajadores contratados en esta modalidad y a los que se incorporen en un futuro.
La iniciativa forma parte del conjunto de medidas aprobada por el Gobierno para favorecer la implantación del trabajo a tiempo parcial, que fue consensuado con los sindicatos.
La nueva normativa asegura la protección social de los contratosa tiempo parcial y facilita el acceso a prestaciones de la Seguridad Social. Además, también beneficia a los contratos de relevo a tiempo parcial, los fijos discontinuos y a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial del Mar.
Así, computan como horas trabajadas las del descanso semanal y las correspondientes a días festivos, y se establece un coeficiente multiplicador del 1,5% que se aplica sobre los días trabajados.
Esta última medida permite que cada día trabajado compute por 1,5 dís a efectos del cálculo de pensiones, de forma que se reducen el periodo mínimo trabajado exigido. Además, 5 horas efectivas de jornada se equiparan a un día completo.
Los subsidios por incapacidad temporal se calcularán a partir de las cotizaciones por los días de trabajo contabilizados en los tres meses anteriores a la baja, y se percibirán durante todos los días por los que se prolongue el contrato del beneficiario.
En el caso de las prestaciones por maternidad, se tendrán en cuenta las cotizaiones realizadas en el año anterior. La prestación se abonará durante todo el periodo legalmente previsto (16 semanas).
(SERVIMEDIA)
29 Ene 1999
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