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Menores

Aprobado el número de plazas que cada comunidad autónoma debe tener para la acogida de menores migrantes

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros dio luz verde este martes al real decreto que determinará la capacidad ordinaria de acogida de menores migrantes de cada comunidad autónoma y que, por tanto, fija el número de plazas con las que cada sistema de protección a la infancia debe contar.

Se trata de “un dato clave” de cara a la reubicación de 3.900 menores no acompañados desde Canarias y Ceuta, en cumplimiento del Real Decreto-Ley 2/2025, por el que se aprobaron medidas urgentes para garantizar el interés superior de la infancia y adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias.

En concreto, modificó el artículo 35 de la Ley de Extranjería con el objetivo de permitir derivaciones automáticas de estos menores cuando un determinado sistema alcance el triple de su capacidad.

El real decreto que hoy sale adelante pudo ver la luz en la Conferencia Sectorial de Infancia y Juventud del pasado 18 de julio, que no llegó a celebrarse por falta de quorum, ante el plante de las autonomías gobernadas por el PP. Entonces, la ministra del ramo, Sira Rego, anunció que los traslados comenzarían el 28 de agosto de cualquier modo.

En este se establen las plazas de acogida con las que debe contar cada comunidad (su capacidad ordinaria), un dato clave para cifrar después el número de menores que deberá atender cada territorio.

Según el Decreto-Ley 2/2025, este cálculo debe considerar parámetros como la población (50%), la renta per cápita (13%), su tasa de paro (15%), su esfuerzo previo de acogida (6%), el dimensionamiento estructural del sistema de plazas (10%), ser ciudad o territorio frontera (2%), insularidad (2%), y dispersión (2%).

(SERVIMEDIA)
26 Ago 2025
AGQ/mjg